Las prestaciones sociales en Colombia son beneficios económicos obligatorios que los empleadores deben otorgar a sus trabajadores formales como parte de su contrato laboral. Entre ellas se incluyen la prima de servicios, las cesantías, los intereses sobre cesantías, y las vacaciones remuneradas.
Estas prestaciones están establecidas por la ley laboral y buscan reconocer el esfuerzo del trabajador, garantizar su estabilidad financiera en momentos clave (como la pérdida de empleo) y mejorar su calidad de vida.
Son importantes porque representan un mecanismo de protección para los trabajadores, al asegurarles ingresos adicionales durante el año, recursos para afrontar emergencias económicas y un tiempo de descanso remunerado.
La prima de servicios en Colombia es una de estas prestaciones sociales obligatorias. Debe ser pagada por los empleadores a todos los trabajadores formales como reconocimiento a su labor y contribución al funcionamiento de la empresa.
Consiste en el pago de 15 días de salario por semestre trabajado y se entrega en dos partes: una a mediados del año (antes del 30 de junio) y otra en diciembre (antes del 20). Esta prestación busca brindar un ingreso adicional al trabajador para apoyar sus gastos personales o familiares, especialmente en temporadas clave del año.
Si un empleador no paga la prima de servicios en Colombia, incurre en una infracción a la legislación laboral y puede enfrentar consecuencias legales.
El trabajador tiene derecho a reclamar el pago ante el empleador y, si no recibe respuesta, puede acudir al Ministerio del Trabajo o interponer una demanda laboral. Además, el empleador podría ser sancionado con el pago de intereses moratorios sobre la prima y multas impuestas por las autoridades laborales.
¿Cómo se calcula?
La prima de servicios en Colombia se calcula tomando el salario base mensual (incluyendo el auxilio de transporte, si aplica), multiplicándolo por los días trabajados en el semestre y dividiendo el resultado entre 360. La fórmula es: (salario × días trabajados) ÷ 360.
Por ejemplo, si un trabajador gana $1.423.500 y laboró los 180 días del semestre, su prima sería de $711.750. Si no trabajó el semestre completo, el valor se ajusta proporcionalmente. Esta prestación se paga dos veces al año: en junio y diciembre.