Lorena donó su vientre para que una familia cumpliera el sueño de tener un hijo propio. Su motivación: la madre de ella se había sometido a un tratamiento hormonal por 20 años con la ilusión de embarazarse de ella… Con los años, esta gran carga hormonal derivó en un cáncer que le arrebató la vida… ¿Por qué no darle la felicidad a otra mujer de ser mamá?
“Investigué sobre la maternidad subrogada en la universidad donde estudio, leí sobre el marco legal en el país y contacté a clínicas y fundaciones que se dedican a este proceso para postularme”, cuenta esta madre de dos hijas, una universitaria y otra de 15 años, quienes, al igual que su esposo, estuvieron de acuerdo con que ella le ayudara a una familia a tener un bebé.
Aun en contra de profesores que la criticaron por su decisión de ser gestante, se sometió al proceso, más por altruismo que por lucro: “En el embarazo me sentí muy cuidada y querida por los papás del niño, los médicos, los psicólogos, las trabajadoras sociales, mis hijas y mi esposo. Tenía claro que donaría mi vientre para que ellos pudieran ser padres”.
Lorena y su esposo le hablaron muchísimo al bebé, cuando crecía en su útero, de los papás que lo esperaban con mucho amor. Ella le decía: “‘No soy tu mamá, te estoy cuidando para que puedas estar con ella’. Le poníamos música en inglés y en español, y audios de ellos hablándole. Por eso nació feliz, cuando llegó al mundo tenía una sonrisita muy linda, porque se sabía deseado y amado”.
Los nuevos padres no la tuvieron fácil en la vida. Fueron niños de orfanato y cada uno fue adoptado por una familia. Y cuando formaron su hogar, quisieron tener un hijo propio y, al no poder lograrlo, acudieron a la gestación subrogada.
Lorena tiene con la familia del bebé una conexión bonita: “Me envían fotos, videos y me cuentan de sus progresos. Me dicen que no tendremos lazos de sangre, pero sí de amor”.
Lo que parecía un proceso incómodo, la transferencia embrionaria —procedimiento en el que depositaron el embrión con material genético de los papás de intención— no fue dolorosa, duró menos de diez minutos. “Lo más molesto es aguantarse las ganas de orinar, porque debes tener la vejiga muy llena”.
No requirió anestesia ni ayuno. Le colocaron un espéculo, limpiaron su cuello uterino y usaron una cánula fina guiada por ecografía para llevar el embrión al interior del útero. El equipo médico revisó en el laboratorio que el embrión saliera por completo de la cánula. La prueba de embarazo se la realizaron dos semanas después.
Como portadora de vida, Lorena se sometió, durante el embarazo de este bebé ajeno, a muchas pruebas médicas, a recibir visitas en su casa de especialistas en salud mental y trabajadoras sociales que estuvieron al tanto de su salud física, psicológica y emocional. “Cuidaron que yo no corriera ningún tipo de riesgo y, si me sentía inestable o mal, estaban disponibles 24/7”, cuenta.
Aclara que continuó con la vida normal de una embarazada. Dejó de trabajar una semana antes de la fecha programada para el parto, por decisión propia: le daban dolores de espalda y se agotaba el caminar.
Pese al bullying que ha recibido, Lorena no está de acuerdo con que se prohiba la maternidad subrogada y sea un delito. “Se requieren reglas claras, para que la gestante y la familia de intención se sientan cuidadas y protegidas”, dice.
Muchos le preguntan: ¿Por qué vendiste a tu bebé? “No entienden que el material genético del niño proviene de sus padres y que yo doné mi vientre para que pudiera venir al mundo. No nos dan la oportunidad de explicar para qué necesitamos de una compensación económica: para gastos médicos, alimentación y vestuario acorde con los cambios de nuestro cuerpo”, explica Lorena.
Recuerda que cuando sus hijas nacieron y las pudo tocar y ver que estaban sanas fue una felicidad solo comparable con el momento en que tuvo al bebé por cesárea y los padres de intención, que no entraron, presos de los nervios, con lágrimas de alegría le agradecieron el tener, al fin, a su niño en sus brazos.
“Ser portadora de vida”, para Lorena, “es ser una mujer valiente con un corazón increíble. Le das a una familia el amor más puro del mundo, el de los hijos. Me gustaría que la sociedad nos llamara portadoras de vida. Yo les digo a quienes me critican: ¿ qué pasaría si fuera tu hija, tu mamá o tu hermana quien no pudiera tener un bebé y lo deseara con todas las fuerzas de su corazón? ¿Le negarías tu vientre para que cumpliera su sueño?”.
Los padres del niño le han hecho saber que siempre estará presente en la vida de él y, que cuando tenga cierta madurez, le contarán como se obró el milagro de su vida: “Le vamos a decir: ‘hay una mujer espectacular en Colombia que te dio la oportunidad de crecer en su barriguita y te trajo a este mundo”. Ya le propusieron ir a visitarlos donde viven o ellos venir acá.
Mientras eso ocurre, Lorena está segura de algo: “Si mi mamá viviera, estaría orgullosa de mí. Mis padres me enseñaron que uno viene a este mundo a servir”. Si pudiera, volvería a ser gestante, “por mi edad no puedo, pero serlo me enseñó a amar más a mis hijas de lo que las amo, a ponerme en la piel de otro, que es lo que nos falta en el mundo”.
La visión médica
De acuerdo con José Pablo Saffon, máster en medicina de la reproducción humana, sexología clínica, fundador y director de Babynova Clinic, “el fin de la reproducción asistida es apoyar a todas las familias o personas que por sus propios medios no pueden llevar una gestación. Entre los tratamientos que ofrecen los centros de fertilidad está la gestación por subrogación, idónea para familias que, por alguna razón, no tienen un útero que les permita estar en embarazo y requieren el apoyo de una persona que tenga un útero sano y esté dispuesta a ayudar a esa pareja que ha anhelado toda su vida tener un hijo, con su material genético, a gestar”.
En Colombia, dice el experto, por norma, las personas que son gestantes subrogadas no pueden aportar material genético: “Ellas prestan su útero para ayudar a estas familias con todo el amor; no hay dinero que pueda pagar lo que un embarazo representa. Estas portadoras gestantes, está definido por ley, deben tener al menos un hijo, para ayudar, voluntariamente, a otros, llevando en su útero el embrión que es fecundado con material genético de los padres del bebé —ellas no aportan sus óvulos”.
La Asociación de Centros Colombianos de Reproducción Humana (ACCER) hace pocos años diseñó un manual donde incluyó los criterios de inclusión y exclusión de las portadoras gestantes y cómo debe llevarse a cabo el proceso para dar mayor seguridad tanto a ellas como a las familias de intención.
“Nos basamos en esta y otras guías internacionales, destinadas a proteger a estas portadoras gestantes, y nos aseguramos de que su estado de salud sea óptimo”, precisa Saffon.
Y detalla que, para ser portadora gestante, no se puede haber tenido más de dos cesáreas ni más de cuatro partos naturales; se debe tener un índice de masa corporal adecuado y que en un anterior embarazo no haya habido riesgo ni urgencia atípica, que su útero esté en buenas condiciones y sin enfermedades de transmisión sexual ni crónicas, como diabetes, hipertensión o alteraciones tiroideas.
También se les hace una evaluación psicológica, para ver si están preparadas emocionalmente para gestar y entregar el bebé y las acompañan en el embarazo y el posparto.
Les hacen visitas para corroborar su calidad de vida y que sus seres queridos entiendan el proceso y minimizar los riesgos al máximo. Antes de comenzar el proceso, se le pregunta a la gestante y a la familia de intención qué tipo de vínculo desean tener y cuántas reuniones presenciales o virtuales van a tener durante el embarazo.
Los centros de fertilidad están regidos, de acuerdo con Saffon, por la norma colombiana de sanidad y el Invima.
El médico considera importante derribar mitos en torno a este tipo de gestación: “Lejos está de ser un proceso mercantilista y de abusos. Es un proceso realmente hermoso, donde una mujer con altruismo y bondad infinitas ayuda a una familia a lograr el sueño de tener un bebé. Ver a las familias junto a sus bebés y a las gestantes felices de poderles ayudar genera emoción indescriptible”.
El médico sobre una pareja colombiana a la que durante muchos años sus embarazos no llegaron a buen término y recientemente llevó a cabo un proceso de gestación por subrogación, estando a punto de tener su bebé: “Cada que hablo con ellos me transmiten esa emoción de ver ese amor con el que están esperando a su bebé y el agradecimiento que tienen con la gestante”.
El milagro de un hijo
Diego y Lucía, como decidieron llamarse para este artículo, están felices con su hija, a quien llaman Princesa: “Estamos agradecidos con Dios, con la clínica y con la gestante, por darnos la oportunidad de ser padres. La felicidad es indescriptible, gigante, de tener a nuestra bebé; un sueño hecho realidad que nace a partir de la fuerza del amor y de la esperanza”.
Esta pareja sólida, que durante años anheló concebir un fruto de su amor, después de intentarlo y sufrir una pérdida muy dolorosa, llegó a la gestación subrogada.
“Babynova Clinic nos entregó un informe detallado de la salud de la gestante y la bebé, haciéndonos sentir siempre presentes. Eligieron la mejor persona, una mujer de gran corazón, que se comprometió a darnos esta bendición y alegría de una vida. Estamos muy agradecidos por su generosidad y amor, al permitirnos cumplir este sueño de ser papás”, dicen.
Por lo pronto, la pareja vive el día a día con su pequeña. No se rompen la cabeza pensando cómo le explicarán su origen: “Ya Dios nos iluminará y dará sabiduría para decírselo en su debido momento”.
Para el papá, la compensación económica que recibe la gestante es justa: “Una mujer que dona su útero lo hace de corazón, pero necesita subsistir. Como madre de sus propios hijos, requiere techo, alimento, sustento”. Tampoco consideran que la inversión que hicieron para finalmente cumplir el sueño de tener un hijo sea onerosa. “Se fija un plazo de cerca de dos años para abonar cierta cantidad de dinero”, detallan.
¿Qué dice la ley?
Simón Hernández, representante legal de la Asociación Colombiana de Clínicas de Gestación por Sustitución, afirma que la maternidad subrogada fue avalada en el país por la Corte Constitucional y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar desde el 2009, como una de las técnicas de reproducción asistida legitimadas por el Artículo 42-6 de la Constitución Política de 1991.
En la Sentencia T-968 de 2009, la Corte la consideró “un mecanismo positivo para resolver los problemas de infertilidad de las parejas con problemas para reproducir” y fijó algunas reglas. Por ejemplo, que los gametos que se requieren para la concepción no sean aportados por la mujer gestante y que ella cumpla una serie de requisitos, como mayoría de edad, salud psicofísica y haber tenido hijos.
De otro lado, por la Sentencia T-127 de 2024 los jueces exigen que se demuestre que un menor nacido a través de un proceso de gestación subrogada ya haya adquirido la nacionalidad de los padres de intención antes de declarar la impugnación de la maternidad de la gestante. Si no, hay el riesgo de apatridia de un menor nacido a través de dicho proceso.
Indica el abogado que “si bien no existe una regulación sobre los elementos esenciales o de forma de un contrato de gestación subrogada, una de las cláusulas deja claro a la mujer gestante que la aplicación y materialización de sus derechos sexuales y reproductivos implica que puede interrumpir el embarazo con su sola voluntad antes de cumplir la semana 24 de gestación, de acuerdo con la Sentencia C-055 de 2022 de la Corte Constitucional”.
Asimismo, se garantiza legalmente que la gestante actúe de manera voluntaria, altruista y consciente, previniendo la explotación, al otorgársele información suficiente sobre el proceso y dándole los elementos de juicio necesarios para que pueda tomar una decisión informada antes de iniciar el procedimiento médico.
En cuanto a la compensación económica para la portadora gestante, dice Hernández que, “desde el 2009, la Corte Constitucional avaló la entrega de esta por concepto de los gastos derivados del embarazo y el parto. Esta se sugiere incluir en el contrato de gestación subrogada para dar seguridad jurídica a las partes”.
En California, Estados Unidos, la maternidad subrogada está regulada y permitida para diversos modelos de familia, mientras que en Canadá es permitida de forma altruista (la gestante no recibe ganancias, solo el reembolso de gastos médicos y del embarazo).
Vacíos legales
En concepto de Leonardo Medina Patiño, abogado, magíster en derecho médico y especialista en gerencia en servicios de salud, “no existe ley en Colombia, aprobada por el Congreso de la República, que señale cómo se debe adelantar el proceso de gestación subrogada. Ha sido la Corte Constitucional, a través de fallos de tutela, que ha venido modulando ese protocolo de este tipo de reproducción humana asistida y, debido a ese déficit legislativo, ha tomado unos remedios constitucionales para resolver los conflictos jurídicos que se generan”.
El autor del libro ‘Gestación Subrogada. Análisis Jurídico y Bioético’ y asesor legal de entidades de salud explica que “la Corte inicialmente dijo que la mujer que pare al hijo y lo ve nacer de su cuerpo es la madre, así haya firmado un acuerdo donde diga que no va a llevar su apellido, por ley se establece que sí. A la Corte le ha tocado emitir fallos de tutela alrededor de los derechos fundamentales de los niños y de los padres (solteros o sin pareja, que han gestado subrogadamente) y se les da la licencia de paternidad o salida del país”.
Dice Medina que la gestación subrogada “se entiende como un procedimiento de carácter gratuito, salvo temas relacionados con las atenciones médicas, psicológicas y de seguridad social de la gestante” y agrega que en el contrato entre las partes (padres de intención y portadora donante) debe quedar estipulado que “se cubran los gastos de la gestante generados no solo en el embarazo, sino también en el posparto, porque pueden surgir patologías como sobrepeso, depresión, hipertensión o algo relacionado con salud mental”.
Enfatiza que la mujer gestante “debería tener unas obligaciones de hacer: siga la dieta y unos parámetros médicos; y de no hacer: no fume, no beba, no tome ciertos medicamentos ni se vaya del país. Al no existir ley, se corren riesgos, puede suceder que el padre o la madre que recurren a la gestación subrogada, al detectar una patología del bebé que está por nacer, diga: ‘ya no quiero tenerlo’, y la gestante se resista a abortar; eso se convierte en un conflicto legal”.
Otros aspectos legales a tener en cuenta
Simón Hernández, representante legal de la Asociación Colombiana de Clínicas de Gestación por Sustitución, dice que “el proceso de registro civil de un menor nacido a través de gestación subrogada es como cualquier otro de registro adelantado de conformidad con las reglas del Decreto 1260 de 1970”.
Es decir, explica, “se inscribe a la mujer gestante en la casilla de la madre del menor y al padre de intención que aportó la carga genética en la casilla del padre. Luego se toma una prueba de marcadores genéticos de ADN, donde se demuestra que la gestante y el menor no comparten una relación genética y se solicita a un juez de familia declarar la impugnación de la maternidad de la gestante para, posteriormente, eliminar su nombre del Registro Civil del menor”.
Un menor nacido a través de un proceso de gestación subrogada tiene los mismos derechos que cualquier otro niño en Colombia, confirma Hernández: “Todos los documentos producidos durante el proceso de maternidad subrogada debe ser conservados para garantizar al menor el derecho a conocer su origen biológico en el futuro.
La falta de regulación actual ha traído discusiones en casos puntuales en los que las autoridades colombianas, de manera arbitraria, se han negado a emitir pasaportes a menores nacidos a través del proceso de gestación subrogada. Estas decisiones han sido objeto de llamados de atención por parte de la Corte Constitucional, como en la Sentencia T-442 de 2024, donde llamó la atención de la Cancillería por negar la expedición del pasaporte de una menor nacida a través de gestación subrogada y exigió el trámite de expedición, atendiendo la Resolución 6888 de 2021. Instó además, al Ministerio de Relaciones Exteriores, “para que, en el futuro, al momento de resolver las solicitudes que le presentan las personas, cumplan la obligación de debida diligencia, la cual se torna más relevante en aquellos casos en los que están de por medio los derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes”.
En conclusión, los menores nacidos a través de un proceso de gestación subrogada tienen derecho a un pasaporte colombiano y el reconocimiento de la nacionalidad del país de origen de los padres se gestiona de acuerdo con las reglas de cada nación.
En los casos de progenitores de intención de Estados Unidos, los menores adquieren la nacionalidad y el pasaporte de ese país en la Embajada ubicada en Bogotá, antes de salir del territorio colombiano.
El dato
En Colombia se sabe que tres clínicas practican la gestación subrogada: Fecundar, Imbanaco y Profamilia.
En frases
“No se alquila un vientre como se alquila un carro o una casa, las gestantes somos donadoras. No se debe criminalizar el ayudar, como portadoras gestantes, a que una vida que una familia espera con amor, llegue al mundo”.
Lorena, portadora gestante.
“Si se aprobara una ley en Colombia que prohibiera la gestación por subrogación, lo peor que podría pasar es que el proceso se empezara a practicar en la clandestinidad, en centros sin ningún control y con muchos riesgos”.
José Pablo Saffon, máster en reproducción humana.
“La Corte Constitucional dicta que un menor de edad no puede quedarse sin patria, si los padres subrogantes son de otro país”.
Leonardo Medina, magíster en derecho médico, especialista en gerencia en servicios de salud.