Las declaraciones del presidente Gustavo Petro sobre Jesucristo, pronunciadas durante un evento oficial, escalaron al escenario judicial tras la admisión de una acción de tutela que cuestiona el alcance institucional de sus palabras y su impacto sobre derechos fundamentales consagrados en la Constitución.

La acción fue presentada por el senador Wilson Ruiz Orejuela y se originó a raíz de un acto público realizado el pasado 27 de enero en el Hospital San Juan de Dios, en Bogotá.

En ese espacio, el Jefe de Estado hizo una referencia personal y religiosa a la figura de Jesucristo al afirmar: “yo creo que Jesús hizo el amor, sí. A lo mejor con María Magdalena, porque un hombre así, sin amor, no podía existir”.

De acuerdo con el análisis preliminar del juez que admitió la tutela, dichas expresiones no fueron emitidas en el ámbito privado, sino desde la investidura presidencial, lo que les otorga un carácter institucional. El despacho consideró que el pronunciamiento abordó directamente elementos centrales del dogma cristiano y a una figura considerada sagrada por millones de creyentes, razón por la cual reviste una especial sensibilidad en el contexto de un Estado laico.

En su evaluación, el juez advirtió que la reinterpretación pública de creencias religiosas y la atribución de conductas no reconocidas por la doctrina cristiana ni respaldadas por fundamentos históricos o teológicos podría afectar la libertad religiosa y de conciencia de quienes profesan dicha fe.

Asimismo, señaló que este tipo de manifestaciones, provenientes del jefe de Estado, pueden incidir en la dignidad humana de los creyentes.

La decisión recordó que el Presidente de la República está constitucionalmente obligado a garantizar la neutralidad religiosa y a respetar el principio de laicidad del Estado colombiano. En consecuencia, se indicó que el mandatario deberá abstenerse de realizar, en ejercicio de su cargo, declaraciones que involucren interpretaciones doctrinales o teológicas sobre cualquier confesión religiosa.

Como parte de las medidas planteadas dentro del trámite de la tutela, el juez propuso una reparación simbólica consistente en la realización de un acto público. En este espacio, el presidente Gustavo Petro deberá precisar que las afirmaciones realizadas no representan la posición oficial del Estado colombiano y reafirmar el respeto por la libertad religiosa, la libertad de conciencia y el carácter laico del Estado, tal como se consigna en el texto de la acción judicial.

Con la admisión del recurso, el proceso avanza ahora hacia una nueva etapa en la que se definirá el alcance de las órdenes judiciales y las condiciones para su eventual cumplimiento.

El caso vuelve a abrir el debate sobre los límites del discurso público de los altos dignatarios y el equilibrio entre la libertad de expresión y la responsabilidad institucional en un Estado social de derecho.