En un hecho sin precedentes para la justicia y la protección de los derechos de los animales en el país, la Fiscalía General de la Nación logró el envío a prisión del primer procesado por el delito de acceso carnal a un animal en Colombia. La histórica decisión judicial se registró este jueves 10 de septiembre de 2026 en el departamento de Santander, aplicando las herramientas de la nueva legislación aprobada por el Congreso.

El imputado fue identificado como Edwin Leonicio Vélez Cardozo. De acuerdo con la investigación liderada por un fiscal de la Seccional Santander, con apoyo del Grupo Especial para la Lucha contra el Maltrato Animal (GELMA), los hechos ocurrieron el pasado 30 de agosto en i

nmediaciones del barrio Campestre del municipio de San Vicente de Chucurí. Vélez Cardozo habría retenido a una perrita criolla llamada ‘Luna’ y la habría trasladado a su vivienda para agredirla sexualmente.

Graves secuelas físicas y emocionales

Los exámenes veterinarios y el material probatorio recaudado por el ente acusador determinaron que la agresión causó un profundo sufrimiento en el animal. Luna presentó inflamación y sangrado severo en varios de sus órganos, además de secuelas comportamentales crónicas que incluyeron conductas de aislamiento, pérdida del apetito, miedo y respuestas de huida al contacto con las personas.

A pesar de que el señalado agresor no aceptó los cargos por los delitos de acceso carnal a animal en concurso con lesiones graves, la juez de control de garantías determinó que representa un peligro para la sociedad y ordenó su reclusión inmediata en un establecimiento carcelario mientras avanza el proceso penal.

¿A qué penas se enfrenta el procesado?

Este avance judicial fue posible gracias a la entrada en vigencia de la Ley 2627 de 2026, la cual tipificó de forma autónoma el delito de zoofilia en el territorio nacional. La senadora Esmeralda Hernández, autora de la iniciativa, celebró la medida a través de sus redes sociales destacando que este comportamiento ya no es excarcelable en el país.

De ser hallado culpable en el juicio, Edwin Leonicio Vélez Cardozo podría recibir las siguientes sanciones contempladas en la norma:

  • Pena de prisión: entre 48 y 55 meses de cárcel (hasta 4.5 años de condena).
  • Sanción económica: multas que oscilan entre los 30 y 50 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
  • Inhabilitación: prohibición de 1 a 3 años para ejercer cualquier profesión, oficio o comercio relacionado con el manejo de animales.
  • Restricción absoluta: pérdida definitiva del derecho a la tenencia, cuidado, adquisición o refugio de cualquier tipo de animal.

Adicionalmente, las autoridades advirtieron que la ley contempla agravantes punitivos que aumentan severamente los años de prisión si los actos ocurren en vías públicas, frente a menores de edad, si son grabados con fines de explotación pornográfica comercial o si terminan provocando la muerte del ser sintiente.