Una demanda radicada ante la Corte Constitucional puso nuevamente en discusión la duración de la licencia de maternidad en Colombia. El recurso busca que el periodo actual, establecido en 18 semanas, sea ampliado a cerca de 27 semanas, lo que equivale a seis meses.

La acción judicial fue presentada por Diego Andrés López, quien cuestiona el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo. En su argumento, sostiene que el tiempo hoy previsto no garantiza plenamente los derechos fundamentales de los recién nacidos, en especial los derechos relacionados con la salud, la alimentación y el desarrollo integral durante los primeros meses de vida.

La Corte Constitucional estudiará una demanda que busca ampliar la licencia de maternidad en Colombia a seis meses.

El demandante señala que existe una diferencia de aproximadamente ocho semanas entre la licencia vigente y las recomendaciones de entidades internacionales como la Organización Mundial de la Salud y UNICEF, que promueven al menos seis meses de lactancia materna exclusiva.

Según el documento presentado ante el alto tribunal, esta brecha impediría garantizar de manera efectiva ese periodo de alimentación, considerado clave para el desarrollo físico y cognitivo del bebé. Además, advierte que el artículo 44 de la Constitución consagra la prevalencia de los derechos de los niños, por lo que la regulación actual podría no ajustarse a ese principio.

La demanda también expone que la licencia de maternidad no solo protege a la mujer trabajadora en su etapa de recuperación posparto, sino que cumple una función esencial en la garantía del interés superior del menor. Por ello, plantea que la norma vigente no superaría un análisis de proporcionalidad frente a ese objetivo.

Así funciona la licencia de maternidad hoy en Colombia

Actualmente, en Colombia, este derecho de licencia de maternidad opera bajo unas condiciones específicas que son las siguientes: se otorgan 18 semanas remuneradas al 100 % del salario, asumidas por el sistema de salud a través de las EPS. Este periodo incluye, por regla general, una semana previa al parto, aunque en algunos casos puede ampliarse en casos de partos múltiples o situaciones médicas especiales o complejas que afecten a la madre o al recién nacido.

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Ahora, la Corte Constitucional deberá decidir si admite o no la demanda. De hacerlo, se abriría un estudio de fondo sobre si el tiempo actual responde a estándares suficientes de protección a las madres y a la primera infancia, y si debe ajustarse a parámetros internacionales que recomiendan un periodo más amplio para fortalecer el vínculo temprano entre madre e hijo.