Cuando se presentan irregularidades en la compra de una casa, se puede revertir este negocio. Recientemente, la Corte Suprema de Justicia determinó que esta decisión se puede tomar en casos en los que haya riesgos.

En estos casos se aplica la rescisión de la cuenta por lesión enorme debido a que la compra del bien produce un daño grave al ciudadano, por lo que el alto tribunal, explicó los motivos por los que se puede anular la venta ante la ley vigente.

De esta manera, la Corte espera que vendedores y compradores conozcan la norma y puedan exponer los motivos por los cuales se puede realizar esta anulación.

Para ello, la máxima instancia de la justicia en Colombia explicó la figura a través del caso de un sacerdote que decidió venderle su finca a un hermano.

Según se detalló en la sentencia, el sacerdote llamado Emigidio tenía un terreno rural, pero debido a situaciones de salud le encargó a su hermano Carlos todo lo relacionado con el bien, para que lo administrara.

La corte define casos en los que se puede anular el contrato. | Foto: El País

Además, debido a sus quebrantos, el propietario solicitó a su hermano que vendiera la finca, pero él no lo hizo, por lo que, dada la situación, decidió venderle el bien a Carlos por valor de $421 millones.

Sin embargo, el alto tribunal detalló que el hermano de Emigidio nunca le pagó este valor en su totalidad. “Precio que jamás fue pagado en su totalidad y por un valor por debajo del catastral vigente para el año 2010 y, desde luego, varias veces inferior al precio comercial”.

Por ello, para pagar al sacerdote el dinero restante, Carlos dijo que le iba a dar el saldo que estaba pendiente o le vendería la finca a otra persona para poder cumplir con su obligación, pero no cumplió.

Por ello, Emigidio fue ante la justicia para buscar colaboración y dejar sin efecto el contrato de compraventa que firmó con Carlos.

Ante estos hechos, el tribunal en segunda instancia le detalló al hermano del sacerdote que tenía dos opciones: que le devolviera la finca a su hermano y le pagara $537 millones más los intereses, o pagarle el dinero que hacía falta para el precio justo del predio y quedarse con el mismo.

Pero Carlos llevó el pleito hasta la Corte Suprema de Justicia, pues no estaba de acuerdo con las opciones que le fueron dadas en el Tribunal.

Pero la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia emitió la sentencia CS172 de 2023, en la cual se explicó que era posible tumbar el contrato entre ambos hermanos.

El alto tribunal dio su fallo. | Foto: Colprensa

Según la Sala, en el caso en el que el valor que se pactó en el contrato de compraventa es mucho menor al valor real de una propiedad, se define como un pago vil o injusto.

“Al no ser equivalentes el verdadero precio de la cosa vendida y el que se da por ella, de suerte que si el desequilibrio económico es protuberante, el contrato queda viciado en su esencia”, detalló la Corte.

Por ello, se le dijo a Carlos que se mantenían las mismas dos opciones que le dio el tribunal en su momento: devolvía la finca y el pago o le daba a su hermano el dinero justo y se quedaba con la finca.