Este miércoles, 1 de julio, se conoció que el Consejo de Estado suspendió provisionalmente la resolución por la cual el Gobierno Nacional autorizó la instalación de la mesa de diálogos con la Segunda Marquetalia, liderada por Iván Márquez.

Según la determinación del alto tribunal, la Ley 2272 de 2022 (ley de la paz total) hizo una distinción entre los grupos armados organizados (Gaomil), con quienes se adelantarían negociaciones de carácter político con miras a la paz, y estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto, con quienes se adelantarían acercamientos.

Para el Consejo de Estado, la Segunda Marquetalia es una estructura armada organizada de crimen de alto impacto y no un grupo político.

La alta corte concluyó, de manera preliminar, que quienes firmaron el Acuerdo de Paz de 2016 y luego regresaron a las armas no pueden ser objeto de una negociación política de paz, sino únicamente de procesos de sometimiento a la justicia y desmantelamiento.

Mientras permanezca vigente esta medida cautelar, la resolución que autorizó la instalación de la mesa de diálogos queda suspendida, lo que significa que el fundamento jurídico sobre el cual se inició ese proceso no podrá producir efectos.

La decisión responde a una demanda presentada por la Fundación para el Estado de Derecho, que solicitó la medida cautelar argumentando que la Resolución 064 de 2024 transgredía el ordenamiento jurídico.

Según la demanda, “la organización criminal autodenominada Segunda Marquetalia se encuentra caracterizada, conforme a la definición prevista en la Ley 2272 de 2022, como una estructura armada organizada de alto impacto (Eaocai), dado que sus integrantes corresponden a disidentes del grupo armado Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – Ejército del Pueblo (FARC-EP), quienes, con posterioridad a la suscripción del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, continuaron alzados en armas contra el Estado colombiano”.

La sala consideró que, aunque la resolución demandada le atribuía a la Segunda Marquetalia el carácter de Gaomil, “su naturaleza se acoge a la de una estructura armada organizada de crimen de alto impacto”.

Esto significa que el Ejecutivo solo estaba autorizado a realizar acercamientos para lograr su sometimiento, no a adelantar una mesa de diálogo político.

La Fundación para el Estado de Derecho advirtió que la suspensión era “necesaria para evitar que un mayor número de disidentes de las FARC-EP retornen a actividades delictivas con la expectativa de obtener un acuerdo que les resulte más beneficioso”. La entidad alegó que de esa manera se protegían los derechos de las víctimas.

El fallo del Consejo de Estado representa un revés para la política de paz total impulsada por el gobierno de Gustavo Petro, que había apostado por abrir canales de negociación con múltiples actores armados.

La Segunda Marquetalia, liderada por Iván Márquez y otros históricos de las FARC, se había mostrado inicialmente dispuesta a sentarse en la mesa de diálogo. Con esta decisión, esa posibilidad queda congelada, en momentos en que llega a su fin el mandato de Petro.

Mesa de negociación Gobierno colombiano y disidente de la Segunda Marquetalia. Cortesía de la oficina del Alto Comisionado para la Paz. Foto Colprensa | Foto: El País