Los ciudadanos pueden acceder a un acuerdo de pago cuando tienen comparendos pendientes y se les dificulta pagar la multa en su totalidad de una vez. A través de esta opción, los usuarios pueden saldar la multa de manera gradual hasta quedar libre de deudas.

Cabe recordar que en caso de no pagarlos, quedarán inhabilitados para poder hacer algún trámite como vender un vehículo, renovar la licencia y demás.

A continuación, te explicamos cómo puedes acceder a esta opción en Cali y cuáles son los requisitos necesarios para llevar a cabo el proceso.

Entre las multas más concurrentes están el no portar el SOAT y la tecnomecánica del vehículo. | Foto: El País

Si desea realizar un acuerdo de pago de forma presencial, debe programar una cita a través de en la página web https://www.serviciosdetransitodigitales.com/ seleccionando la opción “Agenda tu cita” y luego eligiendo el servicio “Cita acuerdo de pago”. También puede hacerlo mediante la App Movilidad Cali.

De igual manera, se puede optar por un acuerdo de pago virtual, para eso, es necesario completar el formulario que se encuentra en la página del Programa de Servicios de Tránsito.

Plazos acuerdo de pago

Los plazos del acuerdo de pago depende del rango de la deuda que se dividen en:

  • Hasta 1 SMLMV: de 12 a 15 cuotas
  • Mayor a 1 SMLMV hasta 5 SMLMV: de 18 a 24 cuotas
  • Mayor a 5 SMLMV: 24 cuotas
Plazo de acuerdo de pagos en Cali. | Foto: Programa de servicios de tránsito Cali

En cuanto a los documentos que deberás presentar para hacer este trámite, considera los siguientes:

  • Formulario de solicitud para la radicación del acuerdo de pago por comparendos en mora.
  • Cédula de Ciudadanía o contraseña original y fotocopia del deudor, codeudor, o tercero que solicite el acuerdo de pago.
  • Cédula de extranjería del deudor, codeudor, o tercero (debidamente autorizado), en caso de ser ciudadano extranjero.
  • Certificación del estado de la cédula en caso de que se encuentre en trámite.
  • Garantía que respalde la deuda: solo para acuerdos de más de 12 cuotas.
  • Copia del último recibo de servicio público: agua, luz o gas de la residencia donde se encuentra inscrito el deudor.
  • Certificación laboral: menor a 30 días.
  • Certificación bancaria: menor a 30 días.
  • Declaración de renta del último año: solo para independientes.
  • Pagaré: lo consigues en el tránsito.

¿Cuándo suscribir un acuerdo de pago para comparendos?

El acuerdo de pago puede suscribirse en cualquier momento, siempre y cuando cumpla con los requisitos antes mencionados. De esta manera aparecerá a Paz y salvo ante el organismo de Tránsito.

Para obtener el paz y salvo de las multas de tránsito, en dado caso de que usted haya sido sorprendido quebrantando la ley y haya tenido que cancelar un valor para resarcir su accionar, hay varios formas.

La Secretaría de Movilidad de Cali tiene disponible el sitio web ‘Programa de Servicios de Tránsito’ (https://serviciosdetransito.com/), en donde las personas podrán acceder a la opción ‘Consulta y pago de multas de tránsito’ para descargar su comprobante.

No obstante, si se obtiene algún tipo de dificultad, los ciudadanos podrán acudir a las oficina de Tránsito de Cali para solicitar este trámite.

Esta es la página web por la que la Secretaría de Movilidad de Cali permite hacer consultas de comparendos, de acuerdos de pago e incluso cancelar el valor total de las multas. | Foto: El País

Medios de pago

Las oficinas de Servicios de Tránsito cuentan con bancos al interior, donde puede hacer sus pagos con dinero en efectivo. Además, puedes pagar de manera virtual a través del portal web www.serviciosdetransitodigitales.com/ en el botón Servicios Virtuales a través de PSE.

Si desea cancelar en efectivo o con tarjeta débito/crédito, debe realizar el pago en el Banco de Occidente y en nuestros corresponsales bancarios, ubicados en centros comerciales y/o supermercados tales como: La 14, Super inter, Grupo éxito, Surtimax, efecty, moviired. Es importante llevar en físico la liquidación del código de barras.

¿Qué ocurre si no cumplo con un acuerdo de pago?

Si has suscrito un acuerdo de pago y, por alguna razón, no cumples con los términos establecidos, recibirás una notificación instándote a realizar el pago correspondiente. Si transcurridos 90 días no has realizado el pago pendiente, se emitirá una resolución que declara el incumplimiento y se dará inicio al proceso de cobro coactivo.

Es importante destacar que no se podrá volver a negociar la deuda y será necesario pagar la totalidad de la multa, junto con los intereses correspondientes, para poder quedar libre de obligaciones y estar en paz y salvo.