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CORTE CONSTITUCIONAL

Corte Constitucional da duro golpe al 'Fast track'

La Sala Plena consideró que las normas violaban el principio de separación de poderes, en la medida en que las limitaciones a la capacidad deliberativa y decisoria del Congreso contenidas en tales numerales resultaban incompatibles con dicho principio.

18 de mayo de 2017 Por: Agencia Colprensa 
El debate, al que asistió la canciller María Angela Holguín, fue citado por el Centro Democrático para discutir sobre la extradición de colombianos a los Estados Unidos, como también sobre la crisis en Venezuela y las implicaciones en el país. | Foto: Colprensa

La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó este miércoles dos apartes de la vía rápida legislativa o ‘fast track’, que se utiliza para tramitar de manera expedita las normas necesarias para implementar el Acuerdo de Paz alcanzado con las Farc.

Se trata del numeral ‘h’ del artículo primero del Acto Legislativo para la Paz, que decía literalmente que “los proyectos de ley y de acto legislativo solo podrán tener modificaciones siempre que se ajusten al contenido del Acuerdo Final y que cuenten con el aval previo del Gobierno Nacional”.

Este era uno de los puntos que más cuestionaba el Centro Democrático, porque impedía que se les hicieran modificaciones a los proyectos del Gobierno y objetar lo allí contenido.

Con esta determinación, de ahora en adelante los proyectos que se vayan a tramitar en el Congreso por esta vía sí podrán ser objeto de proposiciones por parte de los partidos políticos.

La Corte también tumbó el numeral ‘j’ de dicho artículo, que dice: “en la comisión y en las plenarias se decidirá sobre la totalidad de cada proyecto, con las modificaciones avaladas por el Gobierno Nacional, en una sola votación”. Es decir, esta disposición señalaba que las votaciones tenían que hacerse en bloque.

La Sala Plena consideró que estas normas violaban el principio de separación de poderes, en la medida en que las limitaciones a la capacidad deliberativa y decisoria del Congreso contenidas en tales numerales resultaban incompatibles con dicho principio.

La Corte estudió una demanda que presentó el Centro Democrático en pleno en contra del Acto Legislativo, por considerar que amenazaba gravemente el equilibrio de poderes, entre otros.

El presidente de la Corte Constitucional, magistrado Luis Guillermo Guerrero, anunció que dará una rueda de prensa este jueves para explicar los alcances de la determinación.

La Corte no se pronunció sobre los argumentos del Centro Democrático contra el artículo cuarto del Acto Legislativo, que incluía el Acuerdo al bloque de constitucionalidad, ya que el mismo fue derogado.

"La Corte ha señalado que el Congreso es autónomo e independiente para modificar los proyectos que discute. No es notario de la Casa de Nariño", dijo el senador del Centro Democrático, Iván Duque, después de conocer la determinación.

Añadió que con esto la "Corte pone fin a votaciones en bloque con avales del gobierno. Se recupera independencia para votar y modificar con mayorías el articulado", según escribió en Twitter.

Por su parte el senador Álvaro Uribe, manifestó en la misma red social: "las firmas de la Resistencia Civil no se perdieron del todo: Corte Constitucional rescató algunas garantías democráticas".

Uno de los primeros en reaccionar a la decisión de la Corte fue el senador Armando Benedetti, quien afirmó anoche que "hay que acatar lo que diga la Corte, pero me parece algo bastante surrealista porque se llama ‘fast track’ es porque al votar en bloque usted permite que los principios y los fundamentos se voten en bloque con los artículos. Votar artículo por artículo es acabar con el ‘fast track’. Es decir que esto ya será mini ‘fast track’ o yo no sé cómo se podrá decir de ahora en adelante".

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