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Controversia por propuesta de consulta popular para refrendar acuerdos de paz

Algunos congresistas cuestionaron si los resultados de ese tipo de consulta propuesta por el partido de la U tendrían el carácter de volver vinculantes a la normatividad legal los acuerdos que se pacten en la mesa de negociación.

9 de junio de 2016 Por: Elpais.com.co | Colprensa

Algunos congresistas cuestionaron si los resultados de ese tipo de consulta propuesta por el partido de la U tendrían el carácter de volver vinculantes a la normatividad legal los acuerdos que se pacten en la mesa de negociación.

El llamado ‘Plan B’ o ‘salvavidas’ para ratificar los acuerdos de paz a los que lleguen el Gobierno y las Farc: una consulta popular partidista abierta, no encuentra la fuerza ni el apoyo que espera el Partido de la U. Lea también: La U pide al CNE autorizar consulta popular que sirva de 'plan B' al plebiscito por la paz

El miércoles el senador y presidente de la Comisión de Paz, Roy Barreras, anunció que ese partido, en virtud de la Ley de Mecanismos de Participación Popular, solicitó al Consejo Nacional Electoral y a la Registraduría Nacional que les asigne una fecha para realizar una consulta popular abierta, en la que se pregunte sobre esos acuerdos de paz.

El tema, de inmediato, generó controversia, especialmente con relación al alcance real que tiene la propuesta. En primer lugar se discutió si los resultados de ese tipo de consulta tendrían el carácter de volver vinculantes a la normatividad legal, los acuerdos que se pacten en la mesa de negociación.

El representante a la Cámara Heriberto Sanabria señaló que “se le daría un mensaje distinto al pueblo colombiano, porque una consulta no tiene el efecto vinculante, como sí lo acaba de establecer el acto legislativo de la paz”.

Recordó que el Congreso ya aprobó el plebiscito especial para ratificar esos acuerdos, proceso que sí daría ese efecto de ser vinculante.

“La consulta es sólo un estado de opinión de la sociedad”, indicó el representante, quien precisa que sería mejor realizar una encuesta, si lo que se busca es medir la opinión.

La directora de la Misión de Observación Electoral, MOE, Alejandra Barrios, señala que la ley precisa, para el tipo de consulta propuesta, que el resultado es un “mandato para el partido que la solicita”.

Sobre la posibilidad de participación la Ley 1475 de 2011 señala: “Las consultas pueden ser internas o populares. Se denominarán internas cuando en ellas sólo puedan participar los miembros de la organización política que se encuentren en el registro de afiliados. Se denominarán populares cuando puedan hacerlo todos los ciudadanos inscritos en el censo electoral”.

Para Barrios, lo que busca La U es que sus electores habiliten a sus congresistas para que discutan y tramiten las normatividades que lleguen al Congreso con la intención de implementar esos acuerdos.

El vicepresidente de la Comisión de Paz de la Cámara, Telésforo Pedraza, sostiene que esta propuesta de una consulta popular, en este momento sólo genera más confusión en los electores; incluso, también se apartó de la propuesta de algunos sectores del Partido Liberal de permitir que los menores de edad puedan expresarse por la paz en las urnas.

Desde el partido Centro Democrático, también hubo voces de oposición a la propuesta de Barreras. Por ejemplo, el representante Samuel Hoyos manifestó que “esto demuestra que el Gobierno y su bancada no saben ni qué necesitan ni para dónde van. Están sólo buscando darle una apariencia de legitimidad popular a la decisión de Cuba, pero en verdad quieren es violar la voluntad popular del pueblo”.

El también representante de ese partido Edwar Rodríguez fue más allá, y consideró que el tema lo trae el senador Barreras para “pagarle favores” a la guerrilla de las Farc, la cual ya se ha pronunciado para solicitar esta figura como forma de avalar los acuerdos.

En el Consejo Nacional Electoral, en donde ya se tramita la solicitud, aún no hay un pronunciamiento, pero en concepto del magistrado Felipe García, la convocatoria de este tipo de consultas populares debe ser para temas internos de los partidos, más no para decidir sobre temas de tanta trascendencia nacional.

Finalmente, el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, se mantuvo en la posición oficial del Gobierno, según la cual el mecanismo ideal de refrendación es el plebiscito, del cual se espera el pronunciamiento de la Corte Constitucional. 

El alcance de la propuesta 

Lo primero que se debe aclarar es que esta es una figura más con la cual se puede usar el mecanismo de la consulta popular. La misma puede ser convocada por un alcalde, gobernador o incluso por el presidente de la República. Una consulta que está en proceso en la actualidad es la que se hará en Ibagué, Tolima, sobre la restricción de la actividad minera.

Esta figura deberá cumplir, al menos, con el respaldo del 35 por ciento de los votos válidos que hubo en la elección más reciente. Este es el umbral que señala la ley actual de participación popular para la convocatoria de esta figura en cualquier parte del país.

En el caso de las consultas que piden los partidos es distinto; es decir la propuesta de Barreras. Estos tienen derecho para solicitar a la organización electoral (Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional) la preparación y realización de la misma para consultar a los electores sobre temas de interés del partido.

La figura puede ser usada bien para preguntar a los electores de su partido, o para los ciudadanos en general. Esto lo que permite es que sean otras colectividades las que participen y voten.

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