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El alto tribunal reseñó que de las cerca 400 acciones legales que interpusieron, 177 se negaron por “no hacer parte del proceso” o “falta de legitimación”, ni por “existir vulneración de derechos políticos”, según manifestó la propia Corte Suprema a través de las redes sociales. | Foto: Colprensa

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

Defensa de Álvaro Uribe tutela decisión de juez que lo mantiene en condición de imputado

Jaime Granados, abogado del expresidente, aduce una presunta violación al debido proceso y a la defensa.

15 de enero de 2021 Por: Colprensa

Ante el Tribunal Superior de Bogotá fue radicada una tutela en contra del Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Bogotá por parte de los abogados el expresidente Álvaro Uribe aduciendo una presunta violación al debido proceso y a la defensa. La aparente vulneración, a juicio de sus representantes, se dio en el expediente que se le sigue por los supuestos delitos de presunto soborno de testigos y fraude procesal.

El recurso interpuesto tiene su origen en una decisión tomada por el citado juzgado en audiencia del pasado 6 de noviembre. En ese entonces, el despacho consideró que en el proceso contra el exsenador es equiparable la indagatoria hecha en la Corte Suprema de Justicia, bajo el antiguo sistema penal, con la imputación de cargos que hace parte sistema que nos rige en la actualidad.

Para la defensa no hay tal punto de comparación y, de hecho, advierten que “no hay ni siquiera claridad de cuántos delitos se están imputando a Álvaro Uribe Vélez, ni en qué consiste cada uno de ellos”.

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Insisten los abogados en que en el caso de su cliente no hay una imputación concreta y que sobre los delitos que se le quieren endilgar no se conoce si son bajo la modalidad de autor, coautor o cómplice. Al desconocer estas condiciones, asegura el escrito, no se puede ejercer la defensa. De allí la aparente vulneración que alega Jaime Granados ante el Tribunal.

Uno de los argumentos del abogado es que el juez “desbordó su competencia funcional para pronunciarse sobre aspectos que ya habían sido definidos, por la autoridad competente, así como de otras cuestiones sobre las cuales no versaba la petición elevada”.

Con el fallo del juez cuarto se empezaba a correr un lapso de 120 días para que la Fiscalía decidiera el futuro del proceso, es decir, si llamaba a juicio o si archivaba el expediente.

En el escrito de 69 páginas se recalca que el juez cuarto cometió un defecto procedimental y califica su proceder como un “acto bastante exótico” que puede, incluso, asegura Granados, configurarse como una “violación directa de la Constitución” toda vez que se estaría desconociendo la línea que sobre imputación ha trazado la Corte Suprema de Justicia.

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