Objetivo común
A la JEP no se le puede olvidar que es parte de la rama jurisdiccional, como lo definió la Corte Constitucional, y por lo tanto tiene que estar de acuerdo con el resto de la Justicia colombiana.
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18 de oct de 2018, 11:55 p. m.
Actualizado el 18 de abr de 2023, 11:55 p. m.
La reunión del Fiscal General de la Nación y la Presidenta de la Jurisdicción Especial para la Paz, en la que se dirimieron diferencias y se tomaron decisiones conjuntas, hace deducir que entre esos organismos no existe un ‘choque de trenes’.
Lo que hay son unos espacios de discusión, necesarios para lograr acuerdos así como para precisar los alcances de la justicia transicional que representa la JEP con respecto a la Justicia tradicional de la que hacen parte la Fiscalía y las Altas Cortes.
Para ello sería de gran aporte que se le quitara a la JEP el cariz político que ha tenido desde su creación y que comenzara a dar los resultados que esperan los colombianos en su función de investigar, esclarecer, juzgar y sancionar los delitos, en especial los relacionados con los derechos humanos o el Derecho Internacional Humanitario, cometidos durante el conflicto armado.
Ayudaría también que definiera la situación de ‘Jesús Santrich’, detenido y pedido en extradición por la Justicia de Estados Unidos por su presunta participación en el tráfico de estupefacientes hacia ese país en fecha posterior a la firma del Acuerdo de Paz con las Farc.
A la JEP no se le puede olvidar que es parte de la rama jurisdiccional, como lo definió la Corte Constitucional, y por lo tanto tiene que estar de acuerdo con el resto de la Justicia colombiana.
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