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Canal del dique | Foto: Colprensa

PROCURADURÍA

JEP decreta medidas para preservar evidencias de víctimas en el Canal de Dique

La Procuraduría había advertido la necesidad de atender los requerimientos de las víctimas.

23 de octubre de 2022 Por: Colprensa

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) acepto la solicitud de la Procuraduría General y decretó medidas cautelares para preservar cualquier evidencia de cuerpos de personas dadas por desaparecidas, que se presume que fueron arrojadas a las aguas del Canal de Dique.

Por ello, la magistratura ordenó al Ministerio de Transporte y a la ANI, hacer el diseño, redacción e inclusión de un protocolo arqueológico forense para la búsqueda de personas desaparecidas, en el término de cuatros meses.

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También constituir, de inmediato, una mesa técnica con la asesoría de la UBPD y el acompañamiento y coordinación de la Procuraduría. El protocolo deberá aplicarse en cualquier tipo de intervención del Canal del Dique, derivada del proceso contractual en curso o de aquellos que lo adicionen, modifiquen o transformen.

Así mismo, se debe contemplar que el protocolo no solo establezca hallazgos fortuitos de cuerpos, sino la garantía de los derechos relacionados con la búsqueda, exhumación, tratamiento, entrega digna y demás actividades respecto de cuerpos de personas dadas por desaparecidas.

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Finalmente, La JEP ordenó al Ministerio de Transporte la constitución de una mesa interinstitucional de articulación integrada por la ANI, la Cámara Colombiana de Infraestructura y demás entidades para que se elabore un protocolo de salvaguarda de cuerpos no identificados de presuntas víctimas del conflicto armado colombiano, en caso de que se presenten en futuras obras y proyectos en toda Colombia.

La Procuraduría señaló que también insistirá ante la magistratura para que se otorguen medidas de protección para los líderes, lideresas y representantes de la Ruta del Cimarronaje que denunciaron ante el Ministerio Publico amenazas en contra de su vida en razón al liderazgo que desempeñan.

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