Economía
Tome nota: la lista de trabajadores a los que no se les reducirá la jornada laboral
Con la ley se busca acercarse a lo recomendado por la Organización Internacional del Trabajo.
A partir del 15 de julio en Colombia será un hecho la reducción de la jornada laboral, según dio a conocer el Ministerio de Trabajo en donde buscan mejorar las condiciones de los empleados.
Esto se da con base en la Ley 2101 de 201, la cual fue aprobada hace dos años por el Congreso de la República, en la que se estableció la reducción de la jornada laboral.
Es importante mencionar que, ante esta situación, se establecieron una serie de multas para las empresas que incumplan con este proceso. Además, desde el Ministerio de Trabajo se aseguró que la reducción de la jornada máxima no implica disminuir la remuneración laboral ni prestacional.
“Esta ley tampoco afecta o modifica las jornadas laborales inferiores de trabajadores con horarios especiales, como la de menores de edad que trabajan con contrato laboral y con permiso del Ministerio de Trabajo”, explicó el viceministro de relaciones laborales e inspección, Edwin Palma.
Con esta ley se espera que sea un aliciente para mejorar los niveles de productividad que se tienen en algunas industrias del país.
“Esta ley permite que Colombia se acerque a los estándares internacionales y a lo recomendado por la Organización Internacional del Trabajo, dará más tiempo libre a los trabajadores y trabajadoras y mejorará la productividad en las empresas”, agregó el viceministro de Empleo.
¿Quiénes no aplican para la reducción de la jornada laboral?
Aunque se espera que para el 2026 se espera que esta reducción lleguen a las 42 horas, la jornada laboral que en Colombia pasará de 48 a 47 horas semanales no aplicará a todos los trabajadores del país.
- No aplica para los servidores públicos (salvo los que trabajen en empresas del Estado y cuyas relaciones laborales se rigen por el Código Sustantivo del Trabajo).
- Trabajadores con horarios especiales (inferiores al mínimo semanal).
- Menores de edad con contrato laboral y con permiso del Ministerio de Trabajo.
Este último teniendo en cuenta que los jóvenes de 15 y menores de 17 años solo pueden trabajar en una jornada diurna máxima de seis horas diarias y treinta horas a la semana, solo hasta las 6:00 p.m.
Por otro lado, para los jóvenes mayores de 17 años solo pueden hacerlo en un máximo de ocho horas diarias y 40 a la semana, hasta las 8:00 p.m.
“La disminución de la jornada máxima laboral implica, el aumento del valor de la hora diaria, toda vez que, por menos tiempo laborado, el trabajador continuará devengando la misma remuneración. Los empleadores deben realizar el cálculo del nuevo valor de la hora de trabajo para liquidar el valor de las horas extras y los recargos nocturnos, dominicales y festivos, respetando siempre el principio de favorabilidad”, concluyó el viceministro.
Además, son más de 9,26 millones tendrían este beneficio, en contraste con los 12,9 millones de informales, a quienes no cobija esta norma.
La reducción será gradual
Se espera que finalice en 2026.
- A partir del 15 de julio de 2023, el número de horas trabajadas por semana se reducirá de 48 a 47.
- Pasado el 15 de julio de 2024, el trabajador deberá cumplir con un máximo de 46 horas semanales.
- Para el 15 de julio de 2025, el máximo de horas laborales a la semana será de 44.
Se espera que para el 15 de julio de 2026 se logre el objetivo de cumplir con esta ley y que los empleados cumplan con un máximo de 42 horas laborales a la semana. Además, que esta medida tenga un impacto positivo en la productividad laboral y podrá fomentar en un futuro la creación del empleo.