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Tribunal de Bolívar exige devolver la administración de Coosalud EPS a sus directivos

Con el nuevo fallo del Tribunal de Bolívar, el foco se centra ahora en el cumplimiento inmediato de la orden de entrega administrativa de la EPS.

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Sede de Coosalud EPS, entidad cuya administración deberá ser entregada a sus representantes legales tras el fallo del Tribunal Administrativo de Bolívar. | Foto: Coosalud

24 de abr de 2026, 09:30 p. m.

Actualizado el 24 de abr de 2026, 09:30 p. m.

El Tribunal Administrativo de Bolívar emitió un nuevo pronunciamiento para precisar el alcance de la decisión que suspendió los efectos jurídicos de la intervención realizada por la Superintendencia Nacional de Salud sobre Coosalud EPS S. A. En el punto tercero del fallo, la corporación ordena que se entregue la administración y dirección de la entidad a quienes fueron designados por su junta directiva.

De acuerdo con el texto judicial, los funcionarios habilitados para recibir la dirección de la EPS son Jaime González Montaño, nombrado como representante legal presidente mediante el acta 07 del 25 de mayo de 2018, y Natalia Largo González, designada como representante legal suplente por el acta 79 del 3 de marzo de 2023. La decisión indica que los trámites para cumplir la orden deben adelantarse de manera inmediata.

El Tribunal enfatiza que la medida debe comunicarse y ejecutarse sin dilaciones. “La medida adoptada deberá comunicarse y cumplirse inmediatamente, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, así como aquella que la adicione”, indica el fallo.

La Superintendencia Nacional de Salud designó interventores suplentes en varias entidades intervenidas para garantizar la continuidad del servicio.
Decisión del Tribunal Administrativo de Bolívar ordena la entrega inmediata de la administración de Coosalud EPS a sus representantes legales. | Foto: Composición Semana/ SuperSalud/Coosalud

Este pronunciamiento se conoce días después de que la Superintendencia de la Economía Solidaria señalara, mediante un comunicado del 17 de abril, que la intervención sobre la cooperativa Coosalud se mantenía vigente. En ese documento, la entidad sostuvo que la orden judicial de restablecimiento no implicaba el regreso automático a cargos de libre nombramiento y remoción, como la gerencia de la EPS, y reiteró que había advertido presuntas irregularidades administrativas que motivaron su actuación.

En paralelo, el caso ha estado rodeado de un cruce de señalamientos públicos. En meses recientes, el gerente Jaime González Montaño presentó una acción de tutela contra el presidente Gustavo Petro por presuntas afectaciones a su buen nombre derivadas de publicaciones en redes sociales.

El 15 de abril, un juzgado administrativo de Bogotá declaró en desacato al mandatario al considerar que no se había retractado de afirmaciones realizadas, pese a la existencia de decisiones judiciales previas. Entre ellas, un fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca del 11 de noviembre de 2025 que ordenaba una retractación pública.

Aun así, el 16 de abril el jefe de Estado reiteró señalamientos en su cuenta de X sobre un presunto uso indebido de recursos públicos y cuestionó a integrantes de la junta directiva de la EPS. Estas afirmaciones se dieron pese a que los despachos judiciales habían advertido que no existía condena o sanción contra González Montaño por manejos en la entidad.

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