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Superintendencia de Industria y Comercio investiga 75 casos por publicidad engañosa

Entre los casos se destacan la sanción a Quala por el caso del producto 'Doña Gallina' y el de Jorge Hané por publicidad engañosa en su producto 'Reduce Fat Fast'.

25 de noviembre de 2015 Por: Elpais.com.co | Colprensa.

Entre los casos se destacan la sanción a Quala por el caso del producto 'Doña Gallina' y el de Jorge Hané por publicidad engañosa en su producto 'Reduce Fat Fast'.

Pablo Felipe Robledo, Superintendente de Industria y Comercio, informó que en este momento se adelantan 75 investigaciones por publicidad engañosa, como parte de un plan que se lleva a cabo para proteger los derechos de los consumidores. 

Durante 2015 esta entidad impuso varias multas por ese motivo de las cuales se destacan: la sanción a Quala por el caso del producto 'Doña Gallina'; Jorge Hané por publicidad engañosa en su producto 'Reduce Fat Fast' y la Clínica S.A. por publicidad engañosa en el ofrecimiento del servicio odontológico de implantes dentales.   

El caso más reciente fue el de Quala S.A, compañía que fue sancionada por $451.045.000 (Res. 81944 de 2015) por anunciar que su producto 'Nuevo Doña Gallina Criolla' estaba elaborado 100% con gallina criolla, cuando en su composición se advierte la presencia de otros ingredientes. 

Adicionalmente, se anunciaba en el comercial que las gallinas empleadas para la elaboración del caldo se encontraban en unas condiciones que no corresponden con la realidad.

La anterior decisión está en proceso de notificación. Por su parte, Jorge Hané Laboratories Colombia S.A.S fue sancionada con $708.785.000 (Res. 16001 de 2015), por utilizar publicidad engañosa al sugerir que el suplemento dietario Reduce Fat Fast sirve para bajar de peso, cuando está prohibido que los suplementos dietarios hagan alusión a la pérdida de peso o algún efecto similar.

En esta actuación está por resolverse el recurso de apelación.   

Igualmente, la Clinica S.A. fue sancionada por $96.652.500 (Res. 26358 de 2015), por publicidad engañosa en el ofrecimiento del servicio odontológico de implantes dentales al poderse determinar que dicho servicio de implante no incluía la prótesis (corona).

Esta decisión se encuentra pendiente de resolver recurso de apelación. 

Finalmente, Robledo afirmó que para el año 2016 se desarrollará una lucha frontal contra la publicidad engañosa, ya que “este flagelo le mete la mano al bolsillo de los consumidores colombianos, especialmente con los más pobres, hay quienes se aprovechan de la ignorancia de la gente o de sus necesidades, incluso de sus sueños, y eso lo vamos a frenar”. 

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