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Procuraduría pide anular tutela que ordena reglamentar la eutanasia

Par el Ministerio Público la sentencia convirtió la eutanasia en un procedimiento obligatorio para los médicos y el sistema de salud.

5 de marzo de 2015 Por: ElPaís.com.co | Colprensa

Par el Ministerio Público la sentencia convirtió la eutanasia en un procedimiento obligatorio para los médicos y el sistema de salud.

La Procuraduría General de la Nación le solicitó a la Corte Constitucional que anule el fallo de la tutela T-970 de 2014 que le ordenó al Ministerio de Salud la reglamentación de la práctica de la eutanasia. Para el Ministerio Público esta sentencia es nula porque contradice la jurisprudencia que la misma Corte había sentado en las Sentencias C-239 de 1997 y C-233 de 2014, según las cuales el legislador es el único que puede hacer reglamentaciones relacionadas con la eutanasia. “En este sentido, la sentencia de tutela obliga a que un Ministerio invada las competencias del Congreso”, señaló. Para la Procuraduría, además, esa sentencia cambió la naturaleza de la eutanasia al convertirla en una obligación: “Así, mientras las sentencias de constitucionalidad referidas la habían catalogado como una justificación excepcional y condicionada para el delito de homicidio por piedad, la Sala de Revisión convirtió dicho procedimiento en una obligación de los médicos y del sistema de salud”.Para la Procuraduría, el fallo de tutela “considera que es una obligación terminar con la vida de los pacientes terminales no sólo cuando lo solicite el enfermo mismo, sino también cuando la petición provenga de la familia del enfermo terminal que no puede expresar su consentimiento”. Lea también:La eutanasia, un debate entre la muerte digna y el homicidio piadoso Para el Ministerio Público, la Sala al fallar en un caso concreto “terminó por juzgar a quienes no hicieron parte de la tutela, es decir, al Legislador y al Ministerio de Salud, violando gravemente el derecho de defensa”. En ese sentido, para la Procuraduría la Corte en este caso “invadió las competencias de otras autoridades, contradijo la jurisprudencia de constitucionalidad y violó el debido proceso, por lo que este fallo debe anularse por el Pleno de la Corporación”.

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