MINISTERIO DE TRABAJO

Prima de servicios se deberá pagar en los primeros 20 días de diciembre: Mintrabajo

El Ministerio de Trabajo recordó que esta ley incluye a los trabajadores domésticos y recordó que la multa por incumplimiento es de un día de salario por cada día de mora.

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Ahorrar. Destinar parte de la prima de servicios a ahorrar o invertir en alguna actividad que genere rentabilidad es una gran alternativa para los empleados. | Foto: Archivo El País

11 de dic de 2018, 04:26 p. m.

Actualizado el 19 de may de 2023, 07:41 a. m.

El Ministerio de Trabajo le recordó este martes a los empleadores y particulares que contratan a trabajadores domésticos, que antes del 20 de diciembre deberán pagar la prima de servicios, correspondiente a la mitad del salario mensual.

"Colombia cuenta con aproximadamente 22,3 millones de personas ocupadas, de las cuales 3 % corresponde a trabajadores de servicios domésticos y que, según corte de enero a septiembre de 2018, corresponde a 660.000 trabajadores", detalló la jefe de la cartera laboral, Alicia Arango Olmos.

La funcionaria explicó que, en el marco del cumplimiento de la Ley 1788 del 7 de julio de 2016, el pago de la prima corresponde a 30 días de salario por año, el cual debe reconocer en dos pagos. Una primera mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros 20 días de diciembre.

"Aproximadamente 180.000 trabajadores del servicio domésticos recibieron pago de prima de servicio en los últimos doce meses de 2017, que equivalen al 26,4 % del total de ocupados de esta población. En 2010 este porcentaje era de 12 % (84.000). Queremos que esta cifra siga aumentando", afirmó.

La jefe de la cartera laboral indicó que el no pago de la prima de servicios a un trabajador doméstico traerá sanciones a los empleadores. "La multa es de un día de salario por cada día de mora. Esta verificación es realizada a través de nuestros inspectores de trabajo, quienes sancionarán a quienes incumplan esta obligación legal", puntualizó Arango Olmos.

La prima de servicios es una prestación social a la que tiene derecho el trabajador por tiempo laborado en el semestre. Así, recibirá un pago equivalente a quince días de salario, que se deben pagar antes del 30 de junio y antes del 20 de diciembre, de acuerdo con la siguiente fórmula: prima de servicios = (salario X tiempo laborado en días)/360 días.

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