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La Jueza 36 Penal Municipal de Bogotá, al estudiar la tutela que luego fue revisada por la Corte Constitucional, autorizó la interrupción voluntaria del embarazo, procedimiento que ya fue realizado. | Foto: Foto: Archivo de El País

CORTE CONSTITUCIONAL

¿Por qué tres magistrados se apartaron del fallo de la Corte sobre el aborto?

Tres miembros del alto tribunal explicaron porqué se apartaron del fallo que no puso límites de tiempo al aborto.

18 de octubre de 2018 Por: Redacción de El País y Colprensa

La decisión de la Corte Constitucional de no poner un límite de tiempo para la interrupción voluntaria del embarazo revivió la polémica sobre el aborto entre los colombianos.

Y uno de los lugares donde la controversia no ha cesado es el propio alto tribunal, ya que la magistrada Cristina Pardo, quien salvó su voto en la sentencia del miércoles pasado, que también dejó en firme las tres causales en las que el aborto se vuelve legal.

Según ella, con el fallo también se abrió la puerta para permitir la interrupción del embarazo cuando se compruebe que haya alguna discapacidad en el feto. “En mi opinión, no fue mantener la sentencia, sino que acaba autorizando el aborto por discapacidad”, aseguró el jueves.

“Es un muy mal mensaje que nosotros le mandamos a la población en condición con discapacidad, el mensaje es que, pues su vida, no es una vida que no merezca respeto. Es un mensaje que la Corte no debió dar”, añadió.

La magistrada precisó que lo estudiado por la Corte Constitucional, en razón a la acción de tutela interpuesta por una mujer de 33 años de edad con 26 semanas de gestación que le pidió a su EPS que le practicara un aborto porque su bebé tenía irregularidades, lo cual fue negado por tres hospitales de Bogotá, no era legal, porque no se comprobó la afectación a la salud ni la malformación que hacía inviable el embarazo.

Lea además: Corte Constitucional no cambiará reglas para la realización del aborto legal en el país

Los médicos, indicó la ponente de la posición derrotada en la Corte, señalaron que podría tener una variedad de consecuencias de distinta gravedad, como un retraso mental o un compromiso neurológico motriz o que podía haber ceguera.

“Nosotros, además, requerimos conceptos de varias organizaciones médicas o científicas para que nos explicaran y nos dijeron que no era posible saber exactamente cuál era la discapacidad ni de qué grado iba a ser hasta que no hubiera nacido el niño”, indicó Pardo, quien junto con el magistrado Luis Guillermo Guerrero, se apartó de la sentencia de la Corte.

Según él, el salvamento de su voto se debió a que considera que habría sido preciso que el alto tribunal produjese una decisión de fondo que precisara las condiciones en las que procede el aborto, particularmente en cuanto a la edad gestacional en la que es posible acudir al procedimiento.

Otro integrante de la Corte Constitucional, el magistrado Carlos Bernal, indicó que la sentencia proferida en primera instancia por el Juzgado 36 Penal de Bogotá vulnera el debido proceso de la entidad accionada porque desconoció el deber del alto tribunal de resolver litigios sobre los derechos fundamentales en la revisión de tutelas.

También expresó que la determinación de los centros asistenciales que se negaron a practicar el aborto solicitado por la demandante estuvo “plenamente justificada”, por cuanto no se configuraba ninguna de las causales establecidas por la Corte.

Pero la polémica también se escucha en el ámbito político. La senadora del Centro Democrático María del Rosario Guerra lamentó que el tribunal electoral “no estableciera límite alguno ante la cultura de la muerte”.

“El aborto no es progreso. Retrocedemos como sociedad al atentar contra quien no puede defenderse. Como congresista, madre, hija y ciudadana seguiré trabajando en defensa de la vida”, escribió la parlamentaria en su cuenta de Twitter.

Sin embargo, Ángelica Lozano, senadora de la Alianza Verde, sostuvo en la misma red social que es “clave remover las barreras que imponen a mujeres para ejercer su derecho a interrumpir el embarazo”.

En su opinión, “hay niñas, menores de 14 años que fueron violadas, quedaron embarazadas, no las dejaron abortar y de ñapa están siendo procesadas por el delito de aborto, a pesar de la causal”.

Qué dice Profamilia

”Apoyamos la decisión de la Corte Constitucional, porque sabemos que el gran problema son las barreras que se le ponen a las mujeres y que claramente están injustificadas empujándolas a la clandestinidad con condiciones inseguras, algo que nos genera alerta”, afirmó el asesor científico de Profamilia, Juan Carlos Vargas.

En 2017, la entidad realizó 10.517 interrupciones voluntarias de embarazo, frente a 6440 de 2016, bajo condiciones seguras y según los parámetros establecidos por la sentencia C-355. Aunque la cifra es considerable, según Vargas, aún los sistemas de protección en estos casos se quedan cortos.

De igual forma, Profamilia realizó 348 abortos entre los seis y los nueve meses de gestación.

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