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Las magistradas Cristina Pardo Schlesinger y Diana Fajardo Rivera fueron designadas como nuevas presidenta y vicepresidenta, respectivamente, de la Corte Constitucional para el periodo 2022 - 2023. | Foto: Colprensa

COLOMBIA

Magistrada Cristina Pardo continuará en la discusión por el aborto en Colombia

La Corte denegó la recusación y el impedimento, asegurando que la ideología no puede sacar a un magistrado de un debate como este, de plena importancia para el país.

21 de febrero de 2022 Por: Redacción El País y Colprensa

La Sala Plena de la Corte Constitucional negó con una votación de 7 a favor y 1 salvamento de Diana Fajardo, el impedimento presentado por la magistrada Cristina Pardo, quien fue recusada por la organización Sisma Mujer, al asegurar que cuando fue secretaria jurídica de la presidencia, objetó conciencia para para no hacer el examen correspondiente a un proyecto de ley en el que se adoptaban medidas para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de violencia sexual.

La organización aseguraba que dicho proyecto de ley que entonces debía revisar Pardo hablaba al respecto y la jurista objetó conciencia al señalar que no estaba de acuerdo con el fallo de 2006 de la Corte y que tenía reparos ético-jurídicos.

“Así las cosas, aunque los artículos del proyecto de ley podrían considerarse conformes con la Constitución Política interpretados a la luz de la Sentencia C-355 de 2006, por las razones antedichas, la suscrita no acepta esa hermenéutica constitucional, en cuanto comparte plenamente las razones recogidas en el salvamento de voto a la mencionada sentencia, que en su momento contribuyó a redactar”, dijo Pardo en escrito de junio de 2014.

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La Corte denegó la recusación y el impedimento, asegurando que la ideología no puede sacar a un magistrado de un debate como este, de plena importancia para el país.

Ahora, el debate continuo desde la sesión extraordinaria de este lunes, en la Sala Plena de la Corte Constitucional, donde se debaten las demandas que piden la despenalización del aborto en Colombia y que se amplíen las tres causales que existen desde el año 2006: cuando el embarazo es un riesgo para la salud física o mental de la mujer, abuso sexual y malformación del feto incompatible con la vida.

Cabe resaltar que la Corte retomó el debate con presencia del conjuez Julio Andrés Ossa, quien estudia la demanda presentada por el movimiento Causa Justa, compuesta por varias organizaciones de defensa a los derechos de las mujeres.


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