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Invima prohíbe 136 esmaltes semipermanentes por riesgo de cáncer y daño a la piel

La decisión surge luego de confirmar los riesgos carcinogénicos, tóxicos para la reproducción y de sensibilización en la piel.

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Invima prohíbe esmaltes semipermanentes
Invima prohíbe esmaltes semipermanentes. | Foto: AFP

5 de mar de 2026, 04:36 p. m.

Actualizado el 5 de mar de 2026, 04:36 p. m.

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) anunció la prohibición de 136 esmaltes semipermanentes que contenían los ingredientes Trimethylbenzoyl Diphenylphosphine Oxide (TPO) y N,N-dimetil-p-toluidine (DMPT), sustancias que han sido catalogadas como potencialmente peligrosas para la salud.

La decisión fue adoptada en cumplimiento de lo establecido por la Comunidad Andina (CAN) a través de la Resolución 2548 de 2025. En Colombia, la medida se hizo efectiva mediante la resolución 2026007526 del 17 de febrero de 2026, con la cual se cancelaron 136 Notificaciones Sanitarias Obligatorias (NSO) correspondientes a esmaltes semipermanentes que incluían estos componentes en su formulación.

Logo del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima).
Logo del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima). | Foto: Invima

De acuerdo con la autoridad sanitaria, a partir del 16 de febrero de 2026 estos productos no pueden ser comercializados ni distribuidos, y tampoco está permitido el agotamiento de existencias en el mercado. La prohibición aplica en toda la subregión andina, como parte de una estrategia regional orientada a proteger la salud de los consumidores y de los profesionales del sector de la belleza.

La decisión se sustenta en evidencia científica que señala que estas sustancias pueden generar riesgos carcinogénicos, efectos tóxicos para la reproducción y reacciones de sensibilización en la piel. Debido a estos posibles impactos en la salud, las autoridades sanitarias determinaron restringir su uso en productos cosméticos como los esmaltes semipermanentes.

Según explicó el Invima, el proceso de cancelación de las NSO se realizó de forma automática una vez venció el plazo de 60 días otorgado a las empresas para ajustarse a la normativa. Este periodo comenzó tras la publicación de la resolución en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena el pasado 15 de diciembre de 2025.

Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
La decisión surge luego de confirmar los riesgos carcinogénicos, tóxicos para la reproducción y de sensibilización en la piel. | Foto: Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos

Con esta medida, tanto la Comunidad Andina como las autoridades sanitarias de los países miembros reiteraron su compromiso con la protección de la salud pública y con garantizar que los productos disponibles en el mercado cumplan con estándares de seguridad adecuados.

El Invima también hizo un llamado a fabricantes, importadores, distribuidores y establecimientos de comercio para que verifiquen de manera permanente el cumplimiento de la normativa sanitaria vigente y revisen los listados oficiales de productos autorizados.

Finalmente, la autoridad sanitaria reiteró que continuará realizando labores de vigilancia y control para asegurar que los cosméticos comercializados en el país cumplan con los requisitos establecidos.

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