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En Cali hay 40 cámaras de fotodetección de infracciones fijas y 4 portátiles que se rotan por 13 puntos de la ciudad. A corto plazo (2019-2022) se deberán instalar 56 de estos equipos más. Por ahora, en el Ministerio de Transporte se busca validar la instalación de 22 fotomultas. | Foto: Jorge Orozco / El País

PROCURADURÍA

Inician indagación por irregularidades en fotomultas de Cali, Medellín y Bogotá

La Procuraduría ordenó la apertura de las indagaciones contra las secretarías de Movilidad de estas ciudades por el posible incumplimiento de un fallo de la Corte Constitucional.

7 de abril de 2021 Por:  Colprensa

Este miércoles, la Procuraduría General ordenó la apertura de una indagación para averiguar sobre irregularidades presentadas en fotomultas que se habrían emitido en las secretarías de movilidad de Bogotá, Medellín y Cali.

La indagación la abrirá el Ministerio Público a través de la Procuraduría Distrital de Bogotá, y los delegados provinciales de Valle de Aburrá y Cali. Una vez se cumplan las verificaciones del ente de control se determinará la apertura de una investigación disciplinaria.

Cabe mencionar que en febrero pasado la Procuraduría pidió información a las alcaldías de Bogotá, Medellín y Cali para explicar los comparendos emitidos por medio de fotomultas. En este caso, eran los Secretarios de movilidad quienes debían responder, al Ministerio Público, por posible incumplimiento del fallo de la Corte Constitucional.

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Es preciso decir que la Corte estableció que la responsabilidad es individual y, por lo tanto, los fotocomparendos se deben poner a quien está conduciendo y comete la infracción, y no al dueño del vehículo en caso que no sea él quien lo conduzca.

Sin embargo, quejas de ciudadanos dan cuenta de que las alcaldías no estarían cumpliendo el fallo. Por eso, los secretarios debían presentar al Ministerio Público las medidas adoptadas para evitar la imposición de infracciones dudosas o inexistentes a los ciudadanos.

La determinación del Ministerio Público obedece a que la Corte, remitió las solicitudes de cuatro ciudadanos que reclaman el cumplimiento de la sentencia en la que se estableció que los propietarios de los vehículos no pueden ser solidariamente responsables de las infracciones que cometa la persona que esté manejando.

Y es que, en ese entonces, por diferentes medios, los ciudadanos le informaron a la Corte que las entidades administrativas, en particular las alcaldías de Cali, Medellín y Bogotá, estaban incumpliendo lo decidido en dicha providencia.

Por tal motivo, solicitaron el pronunciamiento de la corporación o el inicio de un incidente de desacato. No obstante, la Corte señaló que no tiene competencia para verificar el cumplimiento de lo que se decide en sentencias de constitucionalidad, y tampoco puede iniciar incidentes de desacato, ni ordenar a las autoridades públicas que cumplan tales decisiones.

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