Colombia
Frenan remodelaciones ruidosas en edificios en estos casos: horarios permitidos por Ley; evite multas
Vecinos deben tener en cuenta cuál es el reglamento de seguridad y convivencia para evitar sanciones.
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2 de dic de 2025, 03:24 p. m.
Actualizado el 2 de dic de 2025, 03:24 p. m.
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En Colombia, cada vez son más las leyes que protegen a los habitantes de zonas residenciales, quienes han visto cómo el avance de construcciones y remodelaciones vecinas ha comenzado a afectar su tranquilidad y calidad de vida.
Por esta razón, la Ley 1801 de 2016, que estipula el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, establece cuáles son esas normas claras para regular los ruidos con el fin de evitar molestias y promover una convivencia respetuosa, y cuáles son las sanciones aplicables a quienes los incumplan.

Así, y de acuerdo con el artículo 33 de esta norma, se consideran conductas que afectan la tranquilidad aquellas que perturben el descanso de los vecinos mediante “actividades como fiestas, reuniones o eventos similares que afecten la convivencia del vecindario, cuando generen molestia por su impacto auditivo, en cuyo caso podrán las autoridades de Policía desactivar temporalmente la fuente del ruido, en caso de que el residente se niegue a desactivarlo”.
La Corte Constitucional, a través de la Sentencia C-308 de 2019, ratificó estas medidas, haciendo precisiones sobre su aplicación en el marco del respeto por los derechos fundamentales.
Así las cosas, y en lo relacionado con trabajos de construcción, reparación o demolición en sectores residenciales, la normativa es clara: no se pueden realizar actividades ruidosas entre las 6:00 de la tarde y las 8:00 de la mañana, de lunes a viernes, ni tampoco en días festivos. Fuera de estos horarios, cualquier intervención que genere altos niveles de ruido puede dar lugar a sanciones.

“Cualquier medio de producción de sonidos o dispositivos o accesorios o maquinaria que produzcan ruidos, desde bienes muebles o inmuebles, en cuyo caso podrán las autoridades identificar, registrar y desactivar temporalmente la fuente del ruido, salvo sean originados en construcciones o reparaciones en horas permitidas", reza el artículo.
Cabe decir que, esta regulación busca proteger el derecho al descanso y a la convivencia pacífica, en concordancia con lo establecido por la Constitución Política, que garantiza el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano y asigna al Estado el deber de protegerlo.
Multas y medidas correctivas
Quienes incumplan estas disposiciones pueden enfrentar distintas medidas correctivas, dependiendo de la gravedad de la infracción:
- Multa general tipo 3 y posible disolución de reuniones o actividades en casos de ruidos molestos en zonas de habitación.
- Multa general tipo 2 para otras conductas que afecten la tranquilidad en espacios públicos.
- Amonestación en infracciones menores, como fumar en lugares prohibidos.
- Multa general tipo 1 en casos de discriminación por manifestaciones de afecto.
Estas sanciones buscan prevenir conflictos entre vecinos y promover una convivencia basada en el respeto mutuo.

Periodista de cultura, entretenimiento y tendencias, experta en edición digital e impreso. Amante de las historias que inspiran. Aprendiz constante.
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