Colombia
Estos cepillos de dientes ya no necesitan registro sanitario para su comercialización; Invima explicó por qué
La decisión se tomó luego de la realización de un exhaustivo estudio, según informó la entidad.
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8 de ene de 2026, 06:32 p. m.
Actualizado el 8 de ene de 2026, 06:32 p. m.
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Los cepillos eléctricos y manuales para la limpieza de la boca ya no necesitarán de un registro sanitario, según las últimas estipulaciones del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima).
Esto luego de que, tras algunos estudios, se concluyera que los cepillos no son considerados como dispositivos médicos.
Debido a esto, “no requieren registro sanitario para su comercialización y uso en Colombia”, puntualizó el Invima.

Esta decisión busca brindar claridad a los fabricantes, importadores y comercializadores de este producto.
No obstante, la entidad aclaró que los cepillos dentales ultrasónicos (que son usados en consultorios médicos) sí requieren de un registro Invima para poder ser realizados y comercializados en Colombia.
“El Invima ratifica que la regulación de tecnologías de higiene oral se basa en criterios estrictos de seguridad sanitaria, uso previsto y nivel de riesgo, con el fin de proteger la salud pública y asegurar la calidad de los productos comercializados en Colombia”, dijo el Invima.
Aunque los cepillos eléctricos y manuales ya no necesitan de un registro Invima, la entidad recalcó que se continuará realizando acciones de vigilancia posmercado para garantizar el cumplimiento normativo y la seguridad del mercado en Colombia.
El Invima informa que los cepillos de dientes convencionales y de uso diario no son considerados dispositivos médicos, por lo que no requieren registro sanitario para su comercialización y uso en Colombia.
— Invima (@invimacolombia) January 6, 2026
Más información a través del siguiente enlace:
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Le puede interesar: Invima emitió una advertencia sobre los sueros de hidratación
El ente hizo un llamado al consumo responsable, autorizado y correcto de los sueros de hidratación y de rehidratación oral y recuerda que aunque se trata de medicamentos de venta sin fórmula médica no son simplemente bebidas de consumo cotidiano.
La institución señaló que estos productos están prescritos para la reposición de líquidos y electrolitos en situaciones de deshidratación. Su formulación responde a parámetros y características técnicas específicas, por lo que deben utilizarse conforme a la indicación aprobada en su registro sanitario.

En ese sentido al consumirlos es importante tener en cuenta que algunos están indicados para el tratamiento de la deshidratación leve a moderada o moderada a grave, causada por vómitos, diarrea intensa u otras condiciones clínicas que generan pérdida rápida de líquidos y electrolito; mientras que otros están formulados para la prevención temprana de la deshidratación en contextos de riesgo.
Además, el Invima recordó que como todo medicamento, este tipo de productos incluyen contraindicaciones, precauciones y advertencias que deben ser tenidas en cuenta por el consumidor y el profesional de salud.
“El consumo de estos medicamentos debe ser moderado y preferiblemente bajo supervisión médica en población pediátrica. El uso excesivo puede ocasionar hipernatremia (elevación de sodio en sangre) y está contraindicado en personas con insuficiencia cardíaca, renal, hipertensión, edemas o que estén bajo tratamiento con medicamentos que retienen sodio, como los corticoesteroides”, indicó el Invima.
Con información de Colprensa*
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