Colombia
Este viernes se firma nuevo decreto de protesta social; estos son los cambios planteados
La norma prohíbe que se registren bloqueos en las calles de Colombia cuando se hacen manifestaciones.
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9 de oct de 2026, 11:15 a. m.
Actualizado el 9 de oct de 2026, 11:52 a. m.
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El ministro del Interior, Rodrigo Lara, anunció que este viernes, 9 de octubre, se estaría firmando el decreto que cambia la forma en que la fuerza pública responderá ante la protesta social en Colombia.
Según explicó el funcionario, en redes sociales, el nuevo decreto tiene tres reformas: se define qué es protesta violenta, “el diálogo es la regla”, (se establecen causales claras para su agotamiento), y se fijan cinco niveles de reacción.
“Dos reglas que no se negocian: prima y se protege la protesta pacífica y nacen los corredores solidarios: nunca más bloqueos permanentes de carreteras ni de carriles de TransMilenio”, dijo.
Agregó Lara que se protegerá la protesta pacífica de los infiltrados y los violentos. “Ni un derecho menos para la protesta pacífica. Ni un espacio más para la violencia”.
“En este Gobierno, lo que se dice se hace. En el Ministerio del Interior trabajamos, no perdemos el tiempo. Mañana pasa a firma del presidente Abelardo De La Espriella el nuevo decreto de protesta social. Un decreto complejo, que muchos daban por irreformable”, aseguró Lara en X.
El Gobierno Nacional ha insistido en que con este decreto se busca que quienes quieran marchar pacíficamente lo puedan hacer amparados en lo establecido en la Constitución, pero quienes generen violencia y caos y afecten a otros ciudadanos puedan ser sancionados.
En este Gobierno, lo que se dice se hace. En @MinInterior trabajamos, no perdemos el tiempo.
— Rodrigo Lara 🇨🇴 (@Rodrigo_Lara_) October 8, 2026
Mañana pasa a firma del Presidente @ABDELAESPRIELLA el nuevo decreto de protesta social. Un decreto complejo, que muchos daban por irreformable.
Tres principios. Tres reformas:
— Se… pic.twitter.com/aZcdee3OzV
Principales cambios
Según el decreto, diferenciación y acción individualizada frente a la violencia: aunque la mediación y el diálogo siguen siendo la regla preferente para la manifestación en su conjunto, dejan de ser un requisito previo que suspenda o posponga las intervenciones policiales dirigidas individualmente contra quienes cometan actos violentos.
Excepción al escalonamiento del diálogo: ante la presencia comprobada de armas de fuego, explosivos, agresiones físicas, ataques a la Misión Médica o periodística, retención de personas o destrucción de infraestructura desde el inicio, las autoridades podrán intervenir de forma inmediata contra los responsables sin exigir el agotamiento previo de las etapas iniciales de diálogo, registrando la motivación en el acta del Puesto de Mando Unificado.

Se incorpora la ponderación obligatoria entre el derecho a la manifestación pacífica y otros derechos fundamentales en tensión (vida, salud, movilidad, trabajo y servicios públicos), estableciendo que ningún derecho podrá ejercerse de modo que suprima totalmente los demás.
El personal policial asignado al acompañamiento de las marchas pacíficas deberá mantenerse a una distancia mínima de 4 metros respecto de los manifestantes.
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