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Uber, imagen de referencia. | Foto: Foto: Agencia EFE

Corte tumbó suspensión del pase por 25 años a conductores de transporte informal

Esta determinación responde a una demanda instaurada por un conductor de Uber que pedía claridad en la sanción.

17 de septiembre de 2019 Por: Redacción de El País

La Corte Suprema de Justicia declaró inexequible la norma del Código de Transporte que impone una suspensión de la licencia de conducción por 25 años para los conductores de transporte informal a través de aplicaciones como Uber, Didi y Beat.

Desde Cartagena, la magistrada Gloria Ortiz, presidente de este órgano legislativo, resaltó que "la norma que regulaba la cancelación o la posibilidad de obtener nuevamente una licencia después de la cancelación durante 25 años, estaba refiriéndose exclusivamente a quienes fueron sancionados por haber conducido bajo influencias de sustancias psicoativas o bebidas alcohólicas".

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Esta determinación responde a la solicitud de un conductor de Uber que instauró una demanda en la que solicitaba claridad en la sanción pues consideraba exagerada la suspensión del pase por 25 años, misma medida que se le aplica a quien sea sorprendido conduciendo en estado de embriaguez.

La determinación de este martes establece una suspensión de la licencia de conducción por tres años a quienes sean sorprendidos prestando el servicio de transporte ilegal de manera reincidente. La ley no es retroactiva, por lo que no se revocará la cancelación de las licencias bajo la norma que este martes tumbó la Corte.

En las declaraciones que entregó este martes la magistrada Ortiz también enfatizó que esta decisión no consiste en un espaldarazo al transporte informal pues “la Corte no efectúa espaldarazos a conductas reprochadas por el Legislador. La Corte estudia unas sanciones que el legislador en sentido estricto no impuso. El legislador no señaló cuánto tiempo era suspendida la licencia de una persona que prestaba este servicio. La Corte no tiene la competencia para hacer la ley”.

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