El pais
SUSCRÍBETE

Consejo de Estado no acogió petición de suspensión de venta de Isagén

La Sección Cuarta del Consejo de Estado no acogió los argumentos presentados por 12 congresistas para suspender de manera provisional la venta de Isagén, por existir un solo proponente para hacer la subasta pública.

12 de enero de 2016 Por: Elpaís.com.co l Colprensa

La Sección Cuarta del Consejo de Estado no acogió los argumentos presentados por 12 congresistas para suspender de manera provisional la venta de Isagén, por existir un solo proponente para hacer la subasta pública.

La Sección Cuarta del Consejo de Estado no acogió los argumentos presentados por 12 congresistas para suspender de manera provisional la venta de Isagén, por existir un solo proponente para hacer la subasta pública. La razón fundamental radica en el hecho de que en el proceso se está impugnando la validez de los decretos que autorizaron la enajenación de dichas acciones y no los actos administrativos que regularon el procedimiento mismo o la validez de la eventual adjudicación. La decisión la tomó el magistrado José Octavio Ramírez, quien es el ponente en este proceso. 

Lea también:  Duro enfrentamiento por Twitter entre Gobierno y Uribismo por Isagén

Además, la decisión señala que los argumentos expuestos no hacen parte del texto de la demanda que presentaron algunos parlamentarios el año pasado, entre ellos el Senador Navarro Wolff, contra los decretos del Gobierno que autorizan la venta de Isagen. “La demanda no se refiere a la pluralidad de oferentes, a la libre competencia, a la legalidad del procedimiento de enajenación o a la defensa de otro bien jurídico semejante. Solo, se insiste, en la validez de los decretos que autorizaron la enajenación de dichos activos”, señala la decisión. 

Lea también:  Colbún no participará de la subasta de Isagén

En el Auto se explica que los argumentos de la demanda deben estar acordes con la solicitud de medida cautelar, situación que en este caso no se cumple. “Si lo que se pretende es atacar la forma en la que se reguló el procedimiento de la subasta, lo procedente era solicitar la nulidad del reglamento de enajenación y adjudicación de la segunda etapa de enajenación, acto que no hace parte del objeto de la demanda de la referencia y, por ende, no puede ser atacado o cuestionado mediante la solicitud de una medida cautelar”, puntualiza la decisión. Ya en auto del 12 de diciembre de 2015 se había negado la suspensión provisional de dichos decretos con base en una sentencia de la Sección Cuarta que declaró validos dichos actos. 

AHORA EN Colombia