Colombia
Conductores que continúen con esta falta podrán recibir multas superiores a $400.000, advierte el tránsito
En Colombia, esta conducta se sanciona como infracción grave.
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3 de dic de 2025, 04:21 p. m.
Actualizado el 3 de dic de 2025, 04:26 p. m.
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Los conductores de vehículos automotores suelen tener diferentes hábitos que llevan a cabo mientras conducen, ya sea tener el codo fuera del volante, chatear, escuchar música, entre otros.
Algunos son inofensivos y no ponen en riesgo la seguridad de los actores viales, pero otros representan una falta grave, el cual es fumar, una infracción sancionada por el Código Nacional de Tránsito.

En la normatividad se establece que manipular un cigarrillo mientras se está al volante se clasifica como infracción tipo “I01”, con multas económicas significativas y medidas adicionales para quienes conducen vehículos de transporte público.
Esta norma busca prevenir accidentes derivados de la distracción, que es una de las principales causas de siniestros viales en el país. La sanción económica por fumar mientras se conduce equivale a 10 salarios mínimos legales diarios vigentes, lo que en 2025 supera los 400.000 pesos.
Para los conductores de transporte público, la infracción incluye también la obligación de asistir a cursos de seguridad vial, con el fin de reforzar la prevención y mejorar la cultura de conducción. Las autoridades recuerdan que estas medidas no son arbitrarias, sino que buscan proteger la vida de los pasajeros, peatones y otros conductores.
Dado que encender un cigarrillo o manipularlo, requiere desviar la vista de la carretera y, en muchos casos, retirar una mano del volante, aumentando la probabilidad de perder el control del vehículo.
En cuestión de segundos por esta distracción puede recorrer varios metros sin atención, lo que incrementa el riesgo de colisiones. Por esta razón, la ley equipara fumar mientras se conduce con otras conductas de riesgo, como usar el celular al manejar o no respetar las señales de tránsito.

En ciudades como Bogotá, con una alta afluencia de transeúntes, la Secretaría de Movilidad ha reportado casos de enero y septiembre del año en curso en el que se impusieron al rededor de 537 comparendos, es decir, casi dos sanciones diarias.
Según los reportes, la mayoría de sancionados son conductores de vehículos particulares:
- 80 % automóviles, camionetas o camperos
- 9 % motocicletas
- 7 % camiones, volquetas o tractocamiones
- 3 % buses o busetas
De hecho, estas sanciones tienen un costo económico superior al de otras infracciones comunes, como conducir sin documentos o sin seguro obligatorio, esto refleja la gravedad que la ley asigna a esta conducta y la importancia de la prevención para proteger tanto al conductor como a quienes comparten la vía.
Adoptar medidas de conducción responsable y mantener la atención completa al volante puede salvar vidas y evitar sanciones costosas.
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