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Centro Comercial debe dar disculpas a homosexuales que se abrazaban

Fallo de la Corte Constitucional señala que así sea en lugares públicos concurridos, a las parejas del mismo sexo no se les puede impedir las demostraciones de afecto, como besarse en público.

25 de mayo de 2012 Por: Elpais.com.co I Colprensa

Fallo de la Corte Constitucional señala que así sea en lugares públicos concurridos, a las parejas del mismo sexo no se les puede impedir las demostraciones de afecto, como besarse en público.

En un fallo sin precedentes, la Corte Constitucional obligó a un centro comercial de Cali a ofrecer excusas públicas a una pareja de homosexuales que fue obligada a salir del lugar por las manifestaciones de afecto que estaban expresándose.La decisión fue tomada a raíz de un tutela interpuesta por dos homosexuales, a través del personero de Cali, Andrés Santamaría, quien en ese momento era Defensor Regional del Pueblo en el Valle. Los demandantes se quejaron porque guardias de seguridad de la empresa Fortox S.A. amenazaron con retirarlos del centro comercial Cosmocentro, luego de que los vieran besándose. "Hoy la Corte nos dio la razón y desde ahora las parejas homosexuales tienen los mismos derechos que las heterosexuales. A partir de ahora, cambia el panorama y este es un hecho sin precedentes, pues se reglamenta que ahora los centros comerciales no podrán, bajo ninguna circunstancia pueden expulsar a una pareja homosexual", expresó Santamaría. Según la Corte, “no forma parte del poder de vigilancia y defensa de los intereses de la copropiedad, la restricción de ámbitos de libertad individual y de respeto a la igualdad y a la diferencia”.Los hechos sucedieron el 19 de enero de 2011 en horas de la noche, cuando la pareja se abrazó y besó mientras hacían fila para retirar dinero de un cajero. En ese momento un guardia se les acercó y dijo, según consta en el expediente: “Respeto su forma de pensar, pero ustedes tienen que comportarse o sino tienen que retirarse del Centro Comercial, porque aquí hay familias y niños”. Los guardias señalaron que si no se retiraban del lugar se verían obligados a usar la fuerza.La acción de tutela interpuesta fue denegada en primera instancia, el primero de abril de 2011, por la juez 11 penal municipal de Santiago de Cali, y, en segunda instancia, el 17 de mayo de 2011, por el juzgado 18 penal del circuito.La Corte Constitucional, con ponencia de Juan Carlos Henao (que dejó lista antes de su retiro del tribunal, el mes pasado), aclaró que besarse no es ninguna contravención en el Código Nacional de Policía, por lo que “no podía el guardia del centro comercial, ejercer sus facultades de vigilancia y apoyo a las autoridades de policía, con su reprensión”.Igualmente señaló que “besarse de modo romántico con la pareja, sea o no homosexual, hace parte de los espacios de libertad individual que toda persona natural posee a la luz de su dignidad para vivir como se quiere, para su libre desarrollo personal y para el derecho a no ser molestado en esa elección específica que sólo a él o ella interesa”.Determinó que la conducta desplegada por el guardia de seguridad restringió ilegítimamente el derecho de la pareja a “expresar libremente sus opciones vitales derivadas de su dignidad, intimidad y del libre desarrollo de su personalidad. Porque con el hecho de besarse, por las razones que se han advertido, no pudieron haber puesto en riesgo los derechos de los demás, los derechos de los niños, ni tampoco en general el ordenamiento jurídico”.En ese sentido se endilgó que la empresa de seguridad como el Centro Comercial violaron el derecho a la no discriminación, pues sus actuaciones fueron hechas no porque hubiera una muestra excesiva de afecto, sino porque se trataba de dos hombres.La Corte, entonces, ordenó a la empresa de seguridad y al centro comercial presentar una excusa pública y escrita a la pareja, así como realizar un curso de derechos humanos, dirigido en el primer caso a los empleados directos e indirectos del centro comercial, a los representantes de sus contratistas y a los representantes de los dueños o arrendatarios de los locales.

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