Colombia

Cámara de Representantes pide a la Corte más tiempo para subsanar líos de la reforma pensional

Se solicitó una sola ampliación por treinta días hábiles adicionales, contados a partir del vencimiento del término inicialmente dispuesto que es el 30 de octubre.

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Comisiones primeras conjuntas
La petición a la Corte la presentó la mesa directiva de la Cámara, en cabeza de su presidente, Nicolás Barguil. | Foto: COLPRENSA ©

22 de oct de 2026, 04:58 p. m.

Actualizado el 22 de oct de 2026, 05:03 p. m.

Un plazo de 30 días más para poder subsanar los vicios que se identificaron en la ley que dio vida a la reforma pensional, le pidió la Cámara de Representantes a la Corte Constitucional que había pedido a esa corporación corregir la ley aprobada en el 2025.

La petición la presentó la mesa directiva de la Cámara, en cabeza de su presidente, Nicolás Barguil, indican que piden “por una sola vez y mediante decisión expresa, se amplíe en treinta (30) días hábiles adicionales el término establecido en el ordinal segundo de la Sentencia C-264 de 2026, correspondiente al trámite de subsanación de las disposiciones de la Ley 2381 de 2024 que fueron devueltas a esta Corporación. La solicitud se presenta dentro del término comunicado para el cumplimiento de la providencia y descansa en circunstancias públicas, objetivas y verificables”.

Al justificar la necesidad de tener más tiempo para la corrección, se expone que la Cámara tuvo que “discutir y expedir el Presupuesto General de la Nación para 2027 conforme a un calendario constitucional y orgánico indisponible para la Cámara, y el deber de rehacer, con garantías deliberativas reforzadas, un conjunto delimitado de actuaciones legislativas cuya insuficiencia ya fue materia de examen por la Corte”.

Insisten que el mayor tiempo pedido “no modifica el contenido de la sentencia ni el ámbito de las proposiciones devueltas; busca asegurar que el remedio judicial produzca el resultado constitucional que lo justifica.

Cifras sobre pensionados en las regiones y en todo el país.
Cifras sobre pensionados en las regiones y en todo el país. | Foto: El País

El plazo inicial para modificar el articulado fijado por la Corte Constitucional es el 30 de octubre de 2026, fecha en la que no se alcanzará a dar dicha discusión. Para la Cámara, la ampliación del plazo “consiste en permitir que el órgano dotado de legitimación democrática corrija eficazmente un defecto que, de persistir, comprometería la validez constitucional de la norma. La Corte ha explicado en la Sentencia C-264 de 2026, fundamentos jurídicos 302 a 305, que la devolución responde al principio de conservación del derecho y a la protección de la voluntad democrática expresada válidamente”.

Finalmente, las directivas de la Cámara le dicen a los magistrados de la Corte Constitucional que “se solicita una sola ampliación por treinta (30) días hábiles adicionales, contados a partir del vencimiento del término inicialmente dispuesto. No se requiere modificación de la delimitación material de la devolución, de los artículos declarados exequibles, de las exigencias de conexidad o de las competencias de control que conserva la Corte Constitucional. Tampoco se pide alterar los efectos sobre la vigencia de la ley establecidos en los demás numerales del fallo”.

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