Colombia
Auxilio funerario de Colpensiones: monto disponible, requisitos y cómo solicitarlo fácilmente
El beneficio tiene como finalidad mitigar el impacto financiero que enfrentan los familiares o allegados tras la pérdida de un ser querido.
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8 de sept de 2025, 11:31 p. m.
Actualizado el 8 de sept de 2025, 11:31 p. m.
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Enfrentar la pérdida de un ser querido nunca es sencillo. Al dolor emocional que deja la partida de un familiar o amigo se suma la carga económica que representan los servicios funerarios, tales como; el ataúd, traslado, velación, cremación o inhumación.
Para muchas familias, cubrir estos gastos resulta un reto aún mayor cuando no cuentan con un ahorro previo o con pólizas que respalden este tipo de situaciones.

Consciente de esa realidad, la Ley 2381 de 2024, conocida como la reforma pensional, introdujo un alivio para quienes deben asumir esos costos.
Se trata del auxilio funerario, un apoyo económico dirigido a las personas que sufraguen los gastos de entierro de un afiliado o pensionado de Colpensiones.
¿En qué consiste el auxilio funerario?
El beneficio tiene como finalidad mitigar el impacto financiero que enfrentan los familiares o allegados del fallecido. De acuerdo con el artículo 56 de la reforma, el monto del auxilio equivale al último salario base de cotización del afiliado o al valor de la última mesada pensional recibida, según corresponda.
La norma establece un rango, en la que el auxilio, no puede ser inferior a cinco salarios mínimos legales vigentes ni superior a diez.
Para 2025, esto significa que el apoyo mínimo asciende a $7.117.500. La cifra puede aumentar, dependiendo del caso, pero sin superar el límite máximo contemplado.
¿Quiénes pueden acceder a este beneficio y cómo hacerlo?
El auxilio funerario está disponible para la persona que demuestre haber asumido los costos del funeral. Para ello, debe presentar la documentación que exige Colpensiones y esperar el proceso de verificación que realiza la entidad.
Los requisitos incluyen la cédula de ciudadanía, el registro civil de defunción expedido recientemente, la factura cancelada de los servicios funerarios y una certificación del centro que prestó el servicio. En los casos en que exista un contrato pre exequial, también debe adjuntarse.
Si son varios herederos, se requiere una carta en la que se autorice a uno solo para efectuar el cobro. Además, es indispensable entregar el formato de cuenta de pago, donde Colpensiones consignará el dinero.

En caso de que el trámite lo realice un tercero, se debe adjuntar una autorización firmada junto con las cédulas de ambas partes.
Tiempos de respuesta
Una vez radicada la solicitud con todos los documentos, Colpensiones dispone de un plazo aproximado de dos meses para realizar el desembolso. Durante este tiempo, se revisa que la información sea correcta y que se cumplan todos los requisitos legales.

Ariadna María Orozco, reportera de El País. Comunicadora social y periodista con experiencia en medios escritos, televisivos, radiales y digitales. Ha participado en la cobertura de eventos deportivos de relevancia nacional y en programas especiales para noticieros regionales, especialmente en el Valle del Cauca.
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