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El cambio de estrato se presentó en cuatro conjuntos de Torres de Comfandi, sector ubicado en la Comuna 5, en el norte de Cali. Habitantes piden reversar la medida debido al impacto económico. | Foto: Especial para El País

CATASTRO

¿Por qué algunas viviendas populares del norte de Cali subieron de estrato?

En Torres de Comfandi se quejan porque aumentaron de rango 3 a 4. ¿Qué dice Planeación?

12 de noviembre de 2018 Por: Redacción de El País 

Un total de 520 familias habitantes de cuatro conjuntos residenciales de Torres de Comfandi, en la Comuna 5 de Cali, así como los administradores de dichas unidades y el presidente de la Junta de Acción Comunal, JAC, del barrio del mismo nombre, hicieron un llamado a Planeación Municipal para que se corrija lo que consideran un error de estratificación de sus apartamentos, ubicados al norte de la ciudad.

Marco Antonio Ruiz, presidente de la JAC, relató que en los conjuntos O, N, M y L, situados en inmediaciones de la Calle 54A con Carrera Primera A, les está llegando la factura de servicios de energía y acueducto con estrato 4, pese a que en los 25 años que tienen de construidos siempre han estado estratificados en rango 3.

El líder comunitario añadió que dichos conjuntos suman 21 y fueron construidos por la Caja de Compensación Familiar del Valle del Cauca, Comfandi.

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Agregó que en años anteriores en los conjuntos R, P, I, H y K, también se presentó la misma situación, pero la Junta y la comunidad gestionaron para que todo volviera a la normalidad.

Entre los argumentos que presentaron en esa época, que siguen siendo los mismos para el caso actual, figura el hecho de que estos inmuebles son vivienda de interés prioritario, VIP. “Ni siquiera alcanzan a ser VIS”, precisó John García Fitzgerald, del conjunto N.

“De ahí que sus habitantes sean madres cabezas de hogar, pensionados, o empleados que no devengan más de dos salarios mínimos” expuso Eduardo Palacios Yanguas, administrador del conjunto B.

Uno de los aspectos resaltados por Marco Antonio Ruiz es que “el tipo de muros y fachada en Torres de Comfandi nunca han sido modificados. Lo dijo a propósito de la respuesta dada por Esperanza Forero, subdirectora de Planificación del Territorio a El País, según la cual “en Cali, la metodología aplicada en zona urbana es la tipo 1, la cual tiene como unidad de medida el lado de manzana, por lo cual, en un barrio y aún en una misma manzana pueden existir diferentes estratos de acuerdo a las variables que se califiquen”.

Otra de las respuestas de la mencionada dependencia señala que en Torres de Comfandi, en los conjuntos M y O, “la información que fue recogida en terreno conforme a las variables definidas en la metodología tipo 1, una vez se ingresa al software de estratificación para su ponderación, recálculo y asignación del estrato del predio revisado, se tiene que acorde con la validación y conformación de las variables metodológicas de estratificación aplicadas, el software arroja el estrato cuatro”.

Sin embargo, esta explicación no convence a los preocupados moradores. “Es claro que se trata de un error, pues a nadie se le ocurriría que estos predios, que carecen de múltiples beneficios, puedan estar en un estrato alto. Por ejemplo, ninguno cuenta con piscinas para adultos ni para niños; pese a que los bloques disponen de cinco pisos, no hay ascensores, ni hay suficientes zonas comunes para el disfrute de la comunidad”, argumentó John García Fitzgerald.

En este sentido, el administrador Palacios aseguró que en el caso del conjunto B, por ejemplo, hay 140 apartamentos y un espacio reducido a modo de parqueadero, en el que solo caben 10 carros y no hay espacio para las motos.

“Por ello, muchos residentes se ven obligados a dejar sus vehículos en la calle, expuestos a que se los roben, porque los conjuntos no tienen parqueadero propio, sino un espacio reducido (parqueadero comunitario). Incluso, como no existe un quiosco o salón social para reuniones, este mismo sitio es el que se usa para realizar las asambleas”, recalcó John García.

Por otro lado, la oficina de Planeación Municipal precisó que dicha dependencia “es el único organismo competente para definir el estrato correcto. Sin embargo, en ocasiones se evidencia que existen diferencias entre el estrato de las empresas de servicios públicos y el de Planeación.
En este caso, son las empresas que deben ajustar el estrato contenido en la base de datos del Departamento Administrativo de Planeación Municipal, DAPM, y es por eso que en varios sectores de la ciudad aparecen cambios de estrato, que en realidad son actualizaciones en las bases de datos de las empresas prestadoras de servicios”.

Mientras el Municipio les resuelve su caso, propietarios como María Grajales solicitan que además de reversarse esta medida, también les sea reintegrado el dinero que han tenido que pagar en estos meses por cuenta del aumento en el estrato. Sumado a lo anterior, se teme la próxima llegada del impuesto predial, en el cual también se reflejará el cambio de estrato, dice la moradora del conjunto N.

Entre tanto, los habitantes de los demás unidades a las que no se han reportado cambios de estratos, también se muestran preocupados respecto a que también les aumenten el rango socioecónomico, según detalló el administrador Palacios, del conjunto B, al mencionar que en total los apartamentos de Torres de Comfandi suman 2520, lo que se traduce en 10.080 familias.

¿Cómo reclamar?

Según Esperanza Forero, subdirectora de Planificación del Territorio, existen procedimientos reglados a nivel nacional para la revisión de estrato, por lo cual, todo ciudadano puede solicitar la revisión si no está de acuerdo con el estrato asignado a su lado de manzana. En Cali, las solicitudes de revisión se pueden realizar en línea a través del aplicativo SAUL. http://www.cali.gov.co/planeacion/. Cuando ingresan las solicitudes de revisión, las variables son revisadas en sitio en compañía de un veedor del Comité Permanente de Estratificación e ingresadas nuevamente al software de estratificación.

Si las personas están en desacuerdo con la revisión en primera instancia, puede solicitar una apelación para revisión en segunda instancia.

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