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El fallo de la Corte Constitucional tumbó los artículos artículos 33 y 140 del Código Nacional de la Policía, que prohibía el consumo de sustancias psicoactivas y bebidas embriagantes en espacios públicos. | Foto: José Luis Guzmán / El País

DROGAS

Norma para limitar licor y drogas en espacios públicos de Cali estaría lista en 15 días

La Alcaldía de Cali emitirá decreto en no más de 15 días. Habrá prohibición en entornos escolares, así como en espacios familiares y en donde haya actividades recreativas.

18 de junio de 2019 Por: Redacción El País

No consumir sustancias psicoactivas y bebidas alcohólicas en espacios escolares o recreativos de Cali serán algunas de las limitaciones que la Alcaldía establecerá tras el fallo de la Corte Constitucional, que permite la realización de esa práctica en espacios públicos de todo el país.

Así lo anunció el secretario de Seguridad de Cali, Andrés Villamizar, quien explicó: “El fallo de la Corte tiene un componente que insta a las administraciones locales a reglamentar el consumo de estupefacientes y bebidas embriagantes. Recogemos esta invitación y luego de hacer una análisis pormenorizado de la situación en Cali, estamos listos para emitir este decreto”.

De hecho, el pasado 7 de junio el magistrado de la Corte Constitucional Alejandro Linares aclaró que el fallo del alto tribunal no impide que bajo circunstancias de tiempo, modo y lugar las autoridades ejerzan sus competencias regulatorias, siempre y cuando haya una afectación.

“Lo que ha dicho la Corte es que no se puede hacer una discriminación tajante. De esa forma, buscaremos que el decreto prohiba el consumo de estas sustancias en entornos escolares y ciertos parques de la ciudad”, explicó Villamizar.

El funcionario afirmó que también habrá limitaciones en contextos específicos en donde se reunan familias para cierta actividad. “No solo estamos hablando de establecer horarios y lugares sino también contextos. Por ejemplo, si se está realizando un bazar en un colegio y las familias están ocupando ese espacio, no se podrá vender ni consumir ningún tipo de sustancia. O en lugares en donde la gente, el adulto mayor, haga ejercicio”, anotó el Secretario de Seguridad.

También agregó que “otro caso es el del Parque Jovita, que además de ser un espacio emblemático para la ciudad que durante muchos años se lo tomaron los jíbaros y consumidores, quedaba cerca de un entorno escolar muy importante en Cali, el colegio Santa Librada. Entonces son ese tipo de espacios a los que apunta el decreto. Igualmente, seguiremos haciendo operativos para controlar el microtráfico en la ciudad”.

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De acuerdo con el funcionario, ya se cuenta con el borrador del decreto y está bajo análisis de la Oficina Jurídica de la Alcaldía, por lo que se espera que en un plazo no mayor de 15 días el proyecto haya sido expedido.

Reacciones

“Apoyo absolutamente la iniciativa de la Alcaldía de Cali ante el horror de este fallo de la Corte Constitucional, que echa para atrás todo lo que aquí se ha hecho de controles y operativos para que la ciudadanía saque a los malandros de sus parques”, manifestó el presidente del Concejo de Cali, Fernando Tamayo.

E l edil agregó que el decreto, además de dar solución a la inseguridad de la capital vallecaucana, permite que la comunidad se apropie de los parques a través de la censura social.

“Habría que ver el marco legal del proyecto, pero desde la Presidencia del Concejo doy total apoyo, porque el microtráfico en la ciudad está terrible y absolutamente descontrolado”, insistió el cabildante.

A su vez, Mónica Castillo Cubillos, socióloga experta en políticas públicas, también estuvo de acuerdo con el anuncio de Villamizar, pero advirtió que se debe estar pendiente del reto jurídico que implica la formulación del decreto, dado que “se tendría que ver qué prevalece: el fallo o la decisión de la Alcaldía, porque hay que entender que las disposiciones de las altas cortes están por encima de lo que digan los decretos” a nivel local.

Y agregó: “Los grandes problemas sociales de Cali están relacionados con el consumo y expendio de drogas. Es una realidad latente en donde hay cada vez más consumidores, menores de edad incluidos. El decreto puede ser una medida favorable que busque regular el consumo en parques y sitios recreativos, pero es una medida sancionatoria y no preventiva”, señaló la socióloga.

Añadió que justamente ese último punto, el de la prevención, es el que más se debe fortalecer en Cali, en especial entre jóvenes y niños, de educarlos sobre los riesgos del consumo de estupefacientes. “En otras palabras, el decreto no hace un cambio profundo de la problemática que se vive actualmente en la ciudad”, aseguró Castillo Cubillos.

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Una postura similar tuvo la concejal Alexandra Hernández, quien comentó que la Secretaría de Seguridad debe hacer un trabajo articulado con el despacho de Salud, porque “el consumo de drogas debe empezar a verse como un problema de salud”.

Aseguró que se deben realizar campañas con los padres de familia en Cali no solo para hacerles caer en cuenta de los riesgos sino también de informales que todas las EPS están obligadas a tratar a las personas que consumen sustancias psicoactivas.

“Aunque es importante que se vele por los parques, pues son zonas en donde la gente hace deporte o comparte en familia, lo ideal es que no se consuma en ningún sector de Cali. Por ejemplo, en el Bulevar del Río, sobre el que yo me pregunto si habrá que mostrarle esas actitudes a la gente que nos visita y más si es un corredor tan cerca de donde se gobierna”, agregó Hernández, quien aconsejó incluir la medida anunciada por Villamizar dentro del decreto de seguridad, que todavía no ha sido expedido.

Luego del fallo de la Corte, el presidente Iván Duque aseguró que acataba la sentencia, pero insistió que no iba a descansar en su intención de liberar los parques del microtráfico.

Sobre el fallo de la Corte

El fallo de la Corte Constitucional tumbó los artículos artículos 33 y 140 del Código Nacional de la Policía, que prohibía el consumo de sustancias psicoactivas y bebidas embriagantes en espacios públicos.

El argumento del alto tribunal fue que la prohibición violaba el libre desarrollo de la personalidad.

Aun así, la sentencia no se pronuncia sobre el artículo 34, que no permite dichas prácticas en establecimientos educativos de todo el país.

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