Cali
Concejo de Cali instala sesiones extraordinarias y radica proyectos tras el terremoto: estas son las medidas para atender la emergencia
Las iniciativas buscan otorgar facultades temporales al alcalde Alejandro Eder para ajustar el presupuesto y establecer alivios tributarios y medidas excepcionales para las personas afectadas.
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25 de ago de 2026, 12:50 a. m.
Actualizado el 25 de ago de 2026, 01:09 a. m.
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Fernando Grillo Rubiano, secretario de Gobierno de Cali, instaló el periodo de sesiones extraordinarias convocado para estudiar iniciativas relacionadas con la atención de la emergencia ocasionada por el terremoto registrado el pasado 10 de agosto.
Durante la jornada fueron radicados dos proyectos de acuerdo que buscan entregar herramientas a la Administración Distrital para responder a las consecuencias del sismo y establecer medidas de alivio para los ciudadanos afectados.
El Proyecto de Acuerdo 099 solicita facultades pro tempore para que el alcalde de Cali, Alejandro Eder, pueda ajustar y modificar el presupuesto distrital con el propósito de atender las necesidades derivadas de la emergencia.

La segunda iniciativa, el Proyecto de Acuerdo 100, plantea medidas de alivio y estímulos tributarios dirigidos a las personas afectadas por el terremoto. La propuesta contempla beneficios tanto tributarios como no tributarios y parte del marco de calamidad pública y desastre nacional declarado tras la emergencia.
De acuerdo con la información contenida en los documentos que sustentan la iniciativa, al 22 de agosto de 2026 se habían procesado 9.090 reportes ciudadanos, mientras que 1.401 edificaciones habían sido verificadas. Entre estas se contabilizaban 24 edificaciones con colapso total, 178 con colapso parcial y 378 con daño estructural.
Además, se habían realizado 22.634 evaluaciones de daños y necesidades (RUFE) y retirado 39.650 toneladas de escombros, según las cifras incluidas en la documentación del proyecto.
¿Qué alivios contempla el proyecto?
Entre las principales medidas propuestas está una serie de beneficios sobre el Impuesto Predial Unificado (IPU). Para los predios que hayan colapsado o sean demolidos totalmente se plantea una exoneración del 100 % del impuesto correspondiente a una vigencia fiscal.
La propuesta también contempla una exoneración de hasta tres vigencias para los lotes resultantes del colapso mientras permanezcan en esa condición, así como beneficios para quienes construyan nuevamente sobre predios afectados.
En el caso de predios con afectación grave, pero sin colapso, se plantea una exoneración del 100 % del IPU durante dos vigencias fiscales. Para aquellos con afectación moderada se propone una reducción del 50 % durante una vigencia.

El proyecto incluye además una exoneración del Impuesto de Delineación Urbana para obras de reconstrucción, reparación o mejoramiento de los inmuebles afectados. También contempla alivios relacionados con intereses moratorios de obligaciones anteriores del IPU y medidas excepcionales frente a determinadas multas de tránsito de vehículos directamente afectados por la emergencia.
La iniciativa incorpora igualmente modificaciones relacionadas con sanciones tributarias y un ajuste tarifario del Impuesto de Industria y Comercio (ICA) para el sector salud.
Las exoneraciones del IPU tendrían un costo fiscal estimado de aproximadamente $56.534 millones en 2027, $58.151 millones en 2028 y $61.640 millones en 2029.

Comunicadora social y periodista, egresada de la Universidad Santiago de Cali, con diplomado en Derechos Humanos. Apasionada por contar y transmitir historias, con interés en cubrir temas políticos, sociales y judiciales.









