El Tribunal Superior de Bogotá emitió una medida cautelar que obliga a Abelardo de la Espriella a desmontar, en menos de 24 horas, cualquier propaganda electoral que incluya la bandera o símbolos patrios.
Asimismo, le prohíbe emplear en su campaña las frases “Firmes por la Patria” y “Defensores de la Patria”.
La justicia resolvió, en primer lugar, admitir el recurso interpuesto por un ciudadano y, de manera inmediata, dictar las prohibiciones contra el candidato.
Según el documento oficial, el magistrado resolvió “decretar las medidas provisionales solicitadas por el actor, en consecuencia, se ordena al candidato presidencial, Abelardo Gabriel de la Espriella Otero, a su fórmula vicepresidencial, José Manuel Restrepo Abondano, y al grupo significativo de ciudadanos “Defensores de la Patria” y las demás personas y entidades vinculadas que, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación de este proveído, procedan a retirar toda aquella propaganda”, se lee en el documento.
En la tutela interpuesta por el ciudadano Dylan Lizarazo Ramos, el accionante argumenta una presunta violación de las normas electorales.
Aunque Ramos ya había denunciado estos hechos ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) en octubre de 2025 sin obtener una respuesta oportuna, sostiene que la campaña de la Espriella hace un uso inapropiado de las insignias nacionales.
Según argumenta, usar símbolos patrios para respaldar una candidatura condiciona la libertad de los votantes. El accionante señala que esta estrategia envía el mensaje equivocado de que oponerse a dicha candidatura equivale a cometer un acto de deslealtad hacia el país.
“Al emplearse la simbología soberana del Estado colombiano para abanderar sus propuestas, afecta la libertad electoral y de escogencia del conglomerado social y transmite el mensaje de que toda manifestación de oposición a la aludida campaña electoral y una decisión contraria a esa propuesta política constituyen acto de deslealtad para con el Estado soberano de Colombia”, se lee en el documento.
Además, la propaganda deberá ser entregada a las autoridades competentes y no podrá ser repartida entre el electorado ni usada en eventos públicos oficiales.
“Igualmente, se ordena a los enunciados accionados que archiven, preserven y remitan al CNE la publicidad electoral retirada. Se les ordena a los referidos sujetos procesales que se abstengan de difundir la propaganda política retirada”. Allí se citó a varios medios de comunicación del país.
Desde la oposición, el representante a la Cámara del Centro Democrático, Daniel Briceño, arremetió contra el fallo, calificándolo como un “atropello”. En esa misma línea se pronunció Rodrigo Lara, quien tildó la restricción de “ridícula”.