España se convirtió en uno de los países que más ha recibido colombianos a través de los años, ya sea que las personas emigraron buscando mejores oportunidades laborales o estudios superiores; en este país hay cerca de 978.000 conacionales, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).
Al ser un país que recibe tantos ciudadanos extranjeros, el Gobierno de España abrió una nueva regularización extraordinaria. No obstante, existen otras maneras de acceder a la nacionalidad española gracias a la Ley de Memoria Democrática.
Esta normativa, publicada en un Boletín Oficial del Estado (BOE) en octubre de 2022, reemplazó a la antigua Ley de Memoria Histórica de 2007 y busca reconocer a descendientes de personas afectadas por la Guerra Civil y la dictadura franquista.
Es decir, que aquellos hijos y nietos de ciudadanos españoles exiliados por razones políticas o ideológicas puedan adelantar el proceso de nacionalización, siempre que logren demostrar el vínculo familiar y las razones del exilio.
Además, en julio de 2024, dicho mecanismo fue ampliado gracias a un acuerdo del Consejo de Ministros, y ahora, las personas que tengan ciertos apellidos heredados de padres o abuelos podrán solicitar la nacionalidad.
Apellidos que podrían recibir la nacionalidad española
- Acevedo, Acosta, Aguilar, Alarcón o Aldana.
- Barrios, Benítez, Bernal, Bravo o Bueno.
- Cabrera, Camacho, Carrillo o Carvajal.
- Delgado, Díaz, Duque, Domínguez, Durán o Duarte.
- Espinosa, Enríquez o Espejo.
- García, Garzón, Gil, Gómez, Granado, González o Gutiérrez.
- Hernández, Herrera, Hurtado o Huerta.
- Ibáñez.
- Jiménez o Juárez.
- Fernández.
- López, Leal, Lara, León, Linares o Lorca.
- Martínez, Macías, Machado, Márquez o Marín.
- Navarro o Nieto.
- Rodríguez, Ramírez, Reina, Rivero o Ruiz.
- Sánchez, Salgado, Serrano, Salazar, Silva o Salcedo.
- Pérez, Padilla, Paredes, Parra, Pedraza o Peña.
- Torres o Toledo.
- Valero, Varela, Vargas, Vázquez, Vera o Villanueva.
No obstante, las autoridades aclaran que tener alguno de estos apellidos no garantiza automáticamente la ciudadanía. Así que las personas interesadas en realizar este proceso deben demostrar que los padres o abuelos eran de origen español y que abandonaron el país europeo por motivos asociados al conflicto político y social de esa época.
Para iniciar el trámite, los interesados deben solicitar una cita en el Consulado General de España en Bogotá y presentar documentos como el registro civil de nacimiento apostillado, las actas de nacimiento del familiar español y pruebas relacionadas con el exilio, entre ellas pasaportes antiguos, certificados migratorios o documentos de refugio.
Finalmente, el solicitante debe diligenciar los formularios oficiales y anexar la documentación de identidad correspondiente.