La justicia mantuvo vigente la medida que restringe los bombardeos en zonas donde exista información objetiva sobre la presencia de niños, niñas o adolescentes reclutados por grupos armados ilegales.
La decisión fue adoptada por la jueza Marggy Viviana Arciniegas, quien rechazó la impugnación presentada por el Gobierno del presidente Abelardo de la Espriella y la cúpula militar contra la medida provisional emitida el pasado 2 de septiembre.
El recurso del Ejecutivo tenía el objetivo de dejar sin efecto la orden judicial que ordenó la suspensión de bombardeos en lugares donde exista información de inteligencia o alguna alerta que haga temer la presencia de menores de edad.
Cabe recordar que el recurso que buscaba levantar la tutela fue firmado por el presidente Abelardo de la Espriella; el ministro de Defensa, Jorge Mora; el ministro del Interior, Rodrigo Lara; el general Erick Rodríguez, comandante de las Fuerzas Militares; el general José Bertulfo Soto, comandante del Ejército; el general Juan Jaime Martínez, comandante de la Fuerza Aérea, y el vicealmirante Javier Jaimes, comandante de la Armada.
Ahora, en la nueva decisión judicial, La FM reveló que la jueza declaró la solicitud del gobierno como “improcedente”, pero aceptó estudiar los argumentos expuestos en la revocatoria.
Seguido, señaló que “no existen razones suficientes para revocar la medida decretada”, por lo que concluyó que se deberá “mantener incólume” el cese de los bombardeos donde exista información calificada sobre niñez reclutada por grupos al margen de la ley.
No obstante, la togada aclaró que la decisión no representa una suspensión general de las operaciones militares ni limita de manera absoluta las facultades constitucionales del presidente de la República y de las Fuerzas Militares.
“Tampoco se encuentra acreditada la alegada imposibilidad material de cumplimiento, pues la orden no exige certeza absoluta ni traslada al juez labores de inteligencia militar; por el contrario, establece como parámetro la existencia de información ‘cierta, objetiva o razonablemente verificable’ y remite a la información disponible y a los protocolos operacionales aplicables, preservando el ámbito técnico de las autoridades destinatarias”, se lee en el documento.
La restricción está dirigida específicamente a operaciones aéreas en zonas donde exista información confiable sobre la presencia de menores reclutados, y establece que deben evaluarse alternativas que representen un menor riesgo para ellos.
La decisión judicial se conoce una semana después de un bombardeo realizado en Guaviare, en el que murieron tres menores de edad que, según las autoridades, habían sido reclutados forzosamente por disidencias de las Farc.