La Fiscalía General emitió un llamado de atención a las partes que participan del proceso investigativo contra el expresidente Álvaro Uribe por las masacres del Aro y la Granja, sucedidas cuando era gobernador de Antioquia entre 1995 y 1998.
El ente acusador instó a que las partes se abstengan de información relacionada con el expediente y recordó que deben preservar la reserva sumarial.
Asimismo, le dio un plazo de cinco días al abogado Miguel Ángel del Río, defensor de las alegadas víctimas, con el fin de que se pronuncie sobre las quejas presentadas por el equipo de la defensa del exmandatario. A Del Río lo señalan de vulnerar dicha reserva.
El abogado Jaime Granados, líder de la defensa penal de Uribe, presentó dos memoriales el 9 de septiembre y el 28 de octubre de 2026 con el fin de poner en conocimiento de la Fiscalía acerca de supuestas conductas que serían una violación de la reserva sumarial del representante de la parte civil.
Según la defensa del investigado, las inconformidades se relacionan con la divulgación de información sobre las declaraciones de ‘Don Berna’ y ‘Jhon Bolívar’, dos reconocidos exparamilitares.
Los fiscales investigadores de este proceso ordenaron que, dentro de los cinco días hábiles siguientes al pronunciamiento de la decisión, Miguel Ángel del Ríosiente las explicaciones que considere pertinentes y aporte elementos probatorios que quiere hacer valer en caso de tenerlas.
El ente acusador fue enfático al indicar que la actuación tiene el objetivo de garantizar los derechos de defensa, contradicción y debido proceso. Al mismo tiempo, solicitó abrir un cuaderno incidental al interior del expediente con el fin de que sea adelantado el trámite correspondiente.
Otro de los aspectos comunicados por la Fiscalía es que insistió en que todos los sujetos procesales tienen la obligación de mantener bajo estricta confidencialidad la información del caso. Esto se hace con el objetivo de proteger el debido proceso y la integridad tanto de las partes como de los intervinientes.
En caso de que la orden sea desatendida, se adelantará el trámite de medidas correccionales previsto en el artículo 144, numeral 2, de la Ley 600 de 2000, sin que haya perjuicio de las posibles sanciones disciplinarias a que haya lugar.
“En consecuencia, se conmina a todos los sujetos procesales para que se abstengan de difundir por cualquier medio de comunicación información relacionada con el proceso”, advirtió la Fiscalía en un documento.