Las fotomultas suelen ser una de las razones por las cuales los usuarios con automóviles suelen tener infracciones de tránsito o deudas con la Secretaría de Movilidad.

Estas sanciones automáticas de sistemas electrónicos suelen detectar los incumplimientos a las normativas de tránsito y van más allá de solo establecer multas por exceso de velocidad, por lo anterior y para evitar posibles infracciones es fundamental que los usuarios conozcan la manera como funcionan estas y bajo las normativas en las que se encuentran.

Las fotomultas en Cali están abaladas por el artículo 2 de la ley 1843 de las normas de tránsito. | Foto: El País

Por ejemplo, en Cali, estos aparatos electrónicos se encuentran avalados por el artículo 2 de la ley 1843 del 14 de julio de 2017, y permite realizar varios tipos de fotomultas, entre ellas:

Portar el seguro obligatorio vencido: Esta infracción puede generar una deuda de hasta 30 salarios mínimos diarios legales vigentes o lo que es lo mismo, a 1.300.000 pesos.

Transitar sin la revisión tecnicomecánica: La deuda de este desacato puede llegar a ser hasta de 15 SMDLV, lo que equivale a $650.000.

Pasarse el semáforo en rojo: la persona deberá pagar 30 SMLDV, equivalente en 2024 a $1.300. 000

Pararse en los corredores de los peatones ('cebras') es una infracción grave, puesto que obstaculiza el paso de las personas. | Foto: El País

Exceso de velocidad: esta es una de las infracciones más baja que tiene la Secretaría de Movilidad y es de $346.667 pesos.

Pico y placa: la deuda por esta infracción puede ser de hasta 15 Salarios Mínimos Diarios Vigentes

Es importante recordar que la infracción debe ser notificada por medio de un mensaje de texto o correo electrónico, y la entidad de tránsito tendrá un tiempo estipulado para realizarla, si esto no sucede en ese periodo de tiempo, la Secretaría de Tránsito no podrá exigir el pago de la infracción, así lo explica la Secretaría de Transporte en su página web.

“Se debe realizar una validación del comparendo, para lo cual la autoridad cuenta con diez días. Posterior a la validación se cuenta con 3 días hábiles para notificar al ciudadano. El ciudadano cuenta con 11 días para comparecer, la comparecencia puede ser física o virtual. ( El organismo de tránsito debe tener en su página web el mecanismo para la comparecencia electrónica)”, se lee en la página web oficial de la Secretaría de Movilidad.

A partir de este mes las Secretaría de Movilidad de Cali ha embargado alrededor de 2000 vehículos de infractores que se encontraban en mora. | Foto: El País

Los infractores tienen la posibilidad de realizar un curso pedagógico, en el que recordará algunas de las normativas de tránsito de la ciudad, y además se le disminuirá un porcentaje de la multa, dependiendo del tiempo con que lo haga después de ser notificado, si la persona asiste a estas clases entre el día 1 y 5 el descuento será mayor.