Estar al día con las obligaciones tributarias es fundamental para evitar sanciones que le puedan perjudicar sus finanzas. Como cada año al llegar el mes de agosto, llega también el pago de declaración de renta, un impuesto que se debe radicar ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian.

Estar al día con esta obligación significa tener en orden los reportes de ingresos, bienes, deudas, gastos y retenciones ocurridos durante el año fiscal.

De hecho, a través de dicho reporte, la Dian determina si el contribuyente debe pagar impuestos, si ya pagó lo suficiente a través de retenciones, o si por el contrario, tiene un saldo a favor.

Por ello, es muy importante no olvidar que a partir del próximo 12 de agosto, empiezan los vencimientos, por lo que se debe tener en cuenta los número de las cédulas que deben hacerlo, de lo contrario el contribuyente podría enfrentar una multa.

Fechas límite para la presentación de la declaración de renta en 2025 | Foto: Dian

Números terminales de las cédulas para declarar renta en agosto

Tenga en cuenta que para revisar su fecha de vencimiento, es clave tener presente que el cronograma ha sido programado con los dos últimos dígitos de la cédula.

Así las cosas para agosto este es el cronograma:

  • Fechas - Últimos dos dígitos de cédula
  • 12 de agosto: 01 - 02
  • 13 de agosto: 03 - 04
  • 14 de agosto: 05 - 06
  • 15 de agosto: 07 - 08
  • 19 de agosto: 09 - 10
  • 20 de agosto: 11 - 12
  • 21 de agosto: 13 - 14
  • 22 de agosto: 15 - 16
  • 25 de agosto: 17 - 18
  • 26 de agosto: 19 - 20
  • 27 de agosto: 21 - 22
  • 28 de agosto: 23 - 24
  • 29 de agosto: 25 - 26

¿Qué pasa si no declara renta a tiempo?

Si un contribuyente no paga a tiempo su declaración de renta puede recibir una multa que es estipulada por la ley dependiendo de lo que haya sucedido. El estatuto tributario precisa estas faltas y sanciones:

Si usted debe cancelar el impuesto de renta, la sanción por no hacer la declaración es del 5 % por cada mes o fracción o mes de retraso, sin superar el 100 % del impuesto.

El 12 de agosto inicia el calendario tributario en Colombia. | Foto: Gabriela Alvarado

De otro lado, si usted sí omite la declaración, la Dian puede imponer una sanción equivalente al 20 % de los ingresos brutos obtenidos en el año anterior.

Si, por el contrario, usted la presentó con errores, deberá asumir sanciones de entre el 10 % y el 100 % de la diferencia en el impuesto a pagar.