Los trabajadores en Colombia que intenten retirar sus cesantías utilizando documentos falsos o declarando motivos no permitidos por la ley podrían enfrentarse a cargos penales y penas de cárcel por falsedad en documento público, advirtió recientemente un abogado laboralista en redes sociales.
Las cesantías son una prestación social que los empleadores deben consignar cada año en un fondo, equivalentes a un mes de salario por cada año laborado, y su objetivo principal es ofrecer un respaldo económico para educación, mejora de vivienda o periodos de desempleo.
Según el artículo, aunque muchos trabajadores conocen estos usos legales, algunos han recurrido a falsificar documentos para retirar anticipadamente el dinero en situaciones no autorizadas.
Esta conducta puede constituir el delito de falsedad en documento público, tipificado en el artículo 287 del Código Penal colombiano, el cual podría resultar en procesos judiciales, sanciones e incluso penas de prisión.
Cuando un trabajador presenta documentos falsos para justificar el retiro indebido de cesantías, además de las posibles sanciones penales, enfrenta consecuencias laborales como el despido con justa causa y la pérdida de su liquidación e incluso el derecho a prestaciones derivadas de ese contrato.
Uso legítimo de las cesantías
La legislación laboral colombiana permite retirar las cesantías bajo condiciones estrictamente definidas. Entre los motivos legítimos se encuentran:
- Compra de vivienda: El trabajador puede acceder a sus cesantías para adquirir una casa o apartamento, nuevo o usado, ya sea a su nombre o en copropiedad con su pareja. Esto exige una carta de solicitud, la promesa de compraventa o escritura pública, certificado de libertad y tradición y copia de la cédula.
- Mejoras de vivienda: El retiro parcial es permitido para realizar reparaciones o ampliaciones en una vivienda de propiedad del trabajador. Es indispensable aportar presupuestos, certificados de tradición y, en algunos casos, licencia de construcción.
- Educación: La ley también autoriza el retiro de cesantías para pagar estudios del propio trabajador, de sus hijos o de su cónyuge, presentando certificaciones del centro educativo que indiquen el valor y duración del programa, así como documentos que acrediten el parentesco cuando corresponda.
Fuera de estas causales, las cesantías no pueden retirarse legalmente hasta que termine el vínculo laboral o se cumplan las condiciones estipuladas por la ley laboral colombiana.
El llamado a los trabajadores es claro: deben estar bien informados sobre los requisitos y fines permitidos para retirar sus cesantías y evitar incurrir en conductas que puedan resultar en acusaciones penales o pérdida de derechos laborales.