Las entidades y organizaciones que se incluyen en la Resolución DDI-038292 de 2026 tendrán plazo hasta el 4 de diciembre de 2026 para reportar a la Secretaría de Hacienda de Bogotá información relacionada con algunas propiedades de la ciudad.

La medida aplicará únicamente a las entidades que tienen información para la correcta administración de los impuestos predial y de vehículos, por lo que no se dirige a los ciudadanos con casas, apartamentos o vehículos en la capital del país.

“Entre quienes deben hacer el reporte se encuentran entidades del Distrito y de la Nación, entidades financieras, sociedades fiduciarias, empresas constructoras, iglesias y organizaciones de diferentes sectores”, se aseguró desde la Secretaría de Hacienda Distrital.

Dicha información va a permitir actualizar y cruzar datos, identificar correctamente los predios y vehículos, la aplicación de tratamientos tributarios correspondientes y va a servir como insumo para la facturación de 2027.

“En el caso del predial, se solicita información sobre situaciones específicas como bienes de interés cultural, predios ubicados en zonas de riesgo o áreas protegidas, inmuebles de entidades públicas, parques, zonas francas, predios de iglesias, bienes en procesos de extinción de dominio, inmuebles bajo contratos de leasing y predios asociados a procesos de construcción, englobe, desenglobe o propiedad horizontal, entre otros”, se añadió.

El reporte busca actualizar y cruzar datos relacionados con los impuestos predial y vehicular en Bogotá, como insumo para la facturación de 2027. | Foto: COLPRENSA ©

El proceso incluye a los vehículos que están vinculados a procesos en extinción de dominio, decomisados o incautados, que pertenecen a patrimonios autónomos o que estén bajo contratos de leasing.

Además, se debe entregar la información correspondiente de acuerdo con cada entidad, que incluye datos como identificación y dirección del predio, matrícula inmobiliaria, placa del vehículo, información del propietario, poseedor o beneficiario y características particulares del bien.

Así se hace el reporte

Las entidades que tienen esta obligación deben presentar su información a través de la Plataforma de Reporte de Información en Medios Magnéticos de la Secretaría de Hacienda de Bogotá.

Dicho reporte debe incluir los formatos que establecen para cada tipo de información; además, si la entidad realiza más de un cargue, se tendrá en cuenta el último reporte que se presente.

Entidades financieras, constructoras, iglesias y organismos públicos están entre las organizaciones que podrían estar obligadas a reportar información a Hacienda de Bogotá, según las condiciones de la resolución. | Foto: Alcaldía de Bogotá

Para evitar contra la Secretaría de Hacienda de Bogotá, recomendó a las entidades presentar y preparar la información con anticipación y verificar que esté completa antes de enviarla, ya que no presentar el reporte dentro del tiempo establecido o hacerlo con errores puede generar sanciones.

Del mismo modo, los interesados podrán consultar más información a través de canales oficiales de la Secretaría de Hacienda, como sus redes sociales, como @HaciendaBogotá.