El auxilio de transporte continúa siendo uno de los pagos complementarios más importantes para millones de trabajadores en Colombia, especialmente para quienes deben desplazarse diariamente hacia sus lugares de trabajo.
Como cada año, este monto tiene un ajuste y para el 2026 el salario mínimo tuvo un incremento bajo el concepto de “salario mínimo vital”, quedando en $2 millones, cifra que incluye tanto el sueldo básico como el auxilio de transporte.
De ese total, $1.750.905 corresponden al salario y $249.095 al subsidio destinado a cubrir gastos de movilidad.
Conforme a la Ley 15 de 1959, en el artículo 2, este auxilio de transporte está “a cargo de los patronos, en los municipios donde las condiciones del transporte así lo requieran a juicio del Gobierno, el pago del transporte desde el sector de su residencia hasta el sitio de su trabajo”.
Es decir, que la normativa establece que este monto de dinero está destinado a ayudar a los trabajadores a costear sus desplazamientos desde su lugar de residencia hasta el sitio de trabajo.
No obstante, a pesar de que el pago del auxilio es habitual para muchos empleados, la ley establece varias condiciones que deben cumplirse para tener derecho a recibirlo.
Dentro de las circunstancias que debe cumplir el trabajador, están:
- Devengar hasta dos (2) veces el SMMLV; en caso de superar este tope, la empresa no está obligada a suministrar este auxilio.
- No contar con servicio de transporte suministrado por el empleador. Es decir, si la empresa ofrece rutas, buses, taxis u otro medio para movilizar a sus trabajadores, no estaría obligada a entregar el auxilio económico.
- Que tenga la necesidad de utilizar servicio público de transporte para llegar a su lugar de trabajo.
- Otra condición es que el empleado se encuentre desempeñando sus funciones de manera activa. Por ello, durante vacaciones, licencias o suspensiones laborales no se realiza el pago de este concepto.
Cabe destacar que hay casos en los que el empleado vive en el mismo sitio donde trabaja, algo muy común con las personas que administran fincas. En esos escenarios no habría necesidad de cubrir gastos de transporte, por lo que el empleador no tendría que reconocer este valor.
En modalidades de trabajo virtual, en las que las personas se dedican al teletrabajo, el empleador debe reconocer un auxilio de conectividad digital, el cual está destinado a apoyar el pago de servicios como internet, fundamentales para desarrollar sus funciones desde casa.