La Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales (ACOLFUTPRO) rechazó categóricamente la Resolución 071 del Comité Disciplinario de la Liga BetPlay DIMAYOR, mediante la cual se suspendió al lateral Yhormar David Hurtado Torres, jugador inscrito en el América de Cali, y advirtió que la medida vulnera su derecho fundamental al trabajo y contraviene el reglamento de la FIFA.

El Comité Disciplinario adoptó la suspensión como medida provisional por siete días calendario, mientras se resuelven las denuncias presentadas en contra del jugador por el Internacional de Bogotá (IDBDC Albinegro S.A.) y el Deportivo Boyacá Chicó.

La sanción se sustenta en una supuesta afectación a la “integridad deportiva” de la competición, aunque ACOLFUTPRO sostiene que no existe argumento jurídico ni deportivo que la respalde.

El argumento de los tres clubes

En el centro del debate está el recorrido de Hurtado durante la temporada: el lateral vistió las camisetas del Deportes Tolima, del Always Ready de Bolivia y del América de Cali. Las partes denunciantes argumentaron que jugar por tres clubes en una misma temporada afecta la integridad de la Liga.

Sin embargo, ACOLFUTPRO señala que el artículo 5, numeral 4 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RETJ) de la FIFA establece claramente que “un jugador no podrá jugar partidos oficiales por más de dos clubes en la misma temporada en la misma competición de copa o liga”.

El torneo boliviano, en el que Hurtado militó en Always Ready, no hace parte de la competición colombiana, por lo que la asociación concluye que no existe infracción al reglamento internacional.

“La sanción argumenta una supuesta vulneración a la integridad deportiva, sin demostrar de qué manera jugar en un torneo extranjero afecta la competencia local”, señaló ACOLFUTPRO en su comunicado oficial.

ACOLFUTPRO también llamó la atención sobre la identidad del funcionario que firmó la resolución: Jorge Iván Palacio, exmagistrado de la Corte Constitucional y miembro activo de la Comisión Disciplinaria de la FIFA.

La asociación consideró “alarmante” e “increíble” que Palacio desconozca la jurisprudencia constitucional colombiana al avalar una decisión que, según el gremio de futbolistas, ignora la Sentencia T-464 de 2022 de la Corte Constitucional.

Dicha sentencia instó expresamente a la Federación Colombiana de Fútbol (FCF) y a la Dimayor a que, al “adoptar decisiones que involucren a los jugadores, garanticen la eficacia de los derechos fundamentales”.

Ante este panorama, ACOLFUTPRO exigió a las autoridades disciplinarias revocar de manera inmediata la decisión, acatar el marco normativo internacional de la FIFA y la jurisprudencia constitucional colombiana, y garantizar la plena restitución de los derechos de Yhormar Hurtado.

El caso pone en el foco al América de Cali, que ve comprometida la disponibilidad de uno de sus jugadores en medio de la Liga BetPlay DIMAYOR.

La situación también abre un debate de fondo sobre los límites de las sanciones disciplinarias internas frente a las normas internacionales del fútbol, un precedente que podría afectar a otros futbolistas colombianos que durante una temporada opten por préstamos en ligas extranjeras antes de regresar al rentado local.

*Este artículo fue creado con ayuda de una inteligencia artificial que utiliza machine learning para producir texto similar al humano, y curado por un periodista especializado de El País.