Como cada año, los conductores de vehículos particulares, de servicio público y motocicletas deben someter su medio de transporte a una revisión técnico-mecánica, con el fin de evaluar el estado de la carrocería, niveles de emisión de gases y elementos contaminantes, funcionamiento del sistema mecánico y el sistema eléctrico, dirección, suspensión, estado de los frenos, llantas y vidrios.

De acuerdo con el Ministerio de Transporte, esta inspección es obligatoria y permite que los vehículos circulen por las vías en condiciones óptimas, lo cual reduce el riesgo de siniestros en las carreteras.

No obstante, una medida vigente en Colombia permitirá reducir el costo de la revisión técnico-mecánica para algunos conductores durante 2026, como parte de una estrategia que busca incentivar el uso de tecnologías limpias en el país.

Las motos, carros, camiones, entre otros vehículos, deben realizar esta revisión. | Foto: El País

De acuerdo con lo establecido en el Código Nacional de Tránsito y reglamentaciones posteriores del Ministerio de Transporte y el Ministerio de Ambiente, los propietarios de vehículos eléctricos podrán acceder a un descuento del 30 % en este trámite obligatorio, según la resolución 20213040039485.

Este beneficio aplica para quienes realicen la revisión en los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA), que deberán reflejar la reducción en sus tarifas y reportarla ante la Superintendencia de Transporte.

Actualmente, los costos de la revisión varían según el tipo de vehículo. Para motocicletas, el valor suele estar entre 200.000 y 250.000 pesos; en el caso de carros particulares, entre 300.000 y 400.000 pesos; y para vehículos pesados, está entre 450.000 y 600.000 pesos.

Con el descuento, los usuarios de automotores eléctricos pagarían significativamente menos por este servicio, ya que si el servicio cuesta cerca de 350.000 pesos, con el descuento del 30 % quedaría en 245.000 pesos.

No tener la revisión técnico-mecánica vigente en Colombia conlleva severas sanciones: multa de 15 SMDLV. | Foto: Cortesía Alcaldía de Ibagué

Además, la normativa establece que los CDA deben registrar ante la Superintendencia de Transporte los precios de sus servicios y publicar de forma visible las tarifas con los descuentos aplicados, garantizando transparencia para los usuarios.

El beneficio será objeto de revisión a partir del año 2030 por parte de las autoridades competentes, quienes podrán ajustarlo según las condiciones del mercado y las políticas ambientales del país.

Cabe recordar que la frecuencia de la revisión técnico-mecánica varía en función del tipo de servicio que presta y la antigüedad del mismo, lo cual se clasifica, según el Ministerio de Transporte, de la siguiente manera:

  • Servicio público, escolar y de turismo:  La primera revisión debe hacerse dos años contados a partir de la fecha de matrícula. Luego, cada año.
  • Servicio particular:  La primera revisión debe hacerse seis años contados a partir de la fecha de matrícula. Después, anualmente.
  • Motocicletas:  La primera revisión debe hacerse dos años contados a partir de la fecha de matrícula. Posteriormente, cada año.