Una de las mayores preocupaciones para el bolsillo de los colombianos al iniciar el año es el cumplimiento de los trámites vehiculares. Sin embargo, para este 2026, miles de conductores podrán economizar, ya que la normativa vigente les permite aplazar la revisión tecnicomecánica.

Esta medida no es un beneficio arbitrario, sino la aplicación de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo), la cual modificó los plazos para que los vehículos nuevos realicen su primera inspección obligatoria. El objetivo es incentivar la compra de vehículos cero kilómetros y reconocer los estándares de seguridad de los modelos más recientes.

Una normativa vigente establece que algunos vehículos en Colombia no deberán realizar la revisión técnico-mecánica en 2026. | Foto: Creada con IA

¿Quiénes están exentos de la revisión?

De acuerdo con la legislación actual, la primera revisión técnico-mecánica se debe realizar según el tipo de vehículo y su fecha de matrícula:

  • Vehículos particulares nuevos: los carros matriculados a partir de 2021 no están obligados a realizar la revisión en 2026. Según la ley, el primer control debe hacerse al cumplir el quinto año contado a partir de la fecha de matrícula inicial. Por lo tanto, si su carro es modelo 2022, 2023, 2024 o 2025, aún tiene tiempo a su favor.
  • Motocicletas y vehículos públicos: para estos casos, la regla es diferente, la primera revisión debe realizarse al cumplir el segundo año contado a partir de la fecha de matrícula. Así, quienes adquirieron moto nueva en 2025 estarán exentos durante gran parte o la totalidad de este 2026, dependiendo del mes de registro.

La lógica detrás de la norma es que los vehículos nuevos tienen menores probabilidades de presentar fallas mecánicas o problemas ambientales, por lo que no requieren una inspección inmediata.

La revisión técnico-mecánica evalúa aspectos como frenos, suspensión, dirección, sistema eléctrico y emisiones contaminantes, con el fin de reducir accidentes y controlar el impacto ambiental del parque automotor.

Las motos, carros, camiones, entre otros vehículos, deben realizar esta revisión. | Foto: Semana

¿Cómo verificar su fecha límite?

Es vital que los propietarios no se confíen únicamente en el año del modelo, sino en la fecha exacta de matrícula que aparece en la tarjeta de propiedad.

  1. Consulte el RUNT: a través de la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito, puede ingresar su placa y cédula para verificar el estado actual de sus trámites.
  1. Revise su tarjeta de propiedad: el conteo de los 5 años (particulares) o 2 años (motos/públicos) inicia desde el día en que el vehículo fue registrado ante las autoridades de tránsito.

Es relevante para los propietarios de vehículos tener en cuenta que circular sin la tecnicomecánica vigente, cuando ya le corresponde, acarrea una multa de 30 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), además de la inmovilización inmediata del vehículo.