Una reciente aclaración del Ministerio de Transporte podría significar un alivio para los conductores en Colombia, sobre una práctica que de acuerdo al Código Nacional de Tránsito está prohibida para los encargados de regular la circulación vehicular y peatonal, los agentes de tránsito, con la finalidad de hacer cumplir las normas en las vías del país.

La ley establece que los agentes de tránsito no pueden retener documentos personales durante un retén, salvo en casos muy específicos previstos por la normativa. Esta aclaración busca proteger los derechos de los ciudadanos y evitar prácticas arbitrarias en los controles viales.

La ley establece restricciones en retenes de tránsito. | Foto: Jorge Orozco/El País

Según el Código Nacional de Tránsito Ley 769 de 2002, los retenes deben estar correctamente señalizados y contar con el personal debidamente identificado y capacitado para operar.

Solo hay cinco documentos que los agentes pueden solicitar durante un control: licencia de conducción vigente, tarjeta de propiedad del vehículo, cédula u otro documento de identidad, SOAT vigente y certificado de revisión técnico-mecánica.

Prohibiciones

  • Retener documentos personales: La Ley 962 de 2005, conocida como la “ley antitrámites”, establece en su artículo 18 la prohibición explícita de que las autoridades retengan cédulas de ciudadanía, licencias de conducción o pasaportes durante los controles.
  • Uso de dispositivos personales: Los agentes no pueden usar sus celulares particulares para tomar fotos de los documentos de los conductores. Solo se permite el uso de equipos institucionales, para proteger la información personal.
  • Revisar el celular del conductor: en ocasiones los agentes de tránsito solicitan el celular del conductor para verificar si labora en aplicaciones de transporte como Uber, esta acción solo puede realizarse mediante una orden judicial.
  • Retiro de llaves o bloqueo de vehículos: No existe autorización general para quitar llaves o inmovilizar vehículos sin justificación legal. Solo se permite en situaciones de riesgo extremo o cuando la ley lo habilita expresamente.
Los agentes por ley no pueden retener cédulas ni licencias. (Imagen de referencia) | Foto: El País

Derechos de los conductores

El Ministerio de Transporte enfatiza que los ciudadanos tienen derecho a:

  1. Documentar los controles mediante grabaciones de video o audio.
  1. Presentar denuncias si consideran que hubo abuso de autoridad.
  1. Exigir que los retenes estén señalizados y operen conforme a la normativa.

Estas medidas buscan garantizar un equilibrio entre la autoridad de tránsito y los derechos de los conductores, evitando prácticas abusivas o arbitrarias que afecten la movilidad y la seguridad jurídica de los ciudadanos.

La medida también sirve como recordatorio para los agentes de tránsito de cumplir estrictamente con la normativa vigente, respetando los derechos de los ciudadanos y evitando posibles sanciones por prácticas indebidas.