El Gobierno emitió una circular para orientar el cumplimiento de la Ley de Garantías Electorales, Ley 996 de 2005, que comenzará a regir a partir de mañana 8 de noviembre.
El propósito es la de garantizar transparencia meses antes del llamado a elecciones, por lo que pone en pausa la contratación de personal en el Estado colombiano y las administraciones regionales.
La circular, emitida a través del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre) y Función Pública, está dirigida a ministros, directores de departamentos administrativos, superintendentes, gerentes y directores de entidades descentralizadas de la Rama Ejecutiva del orden nacional, gobernadores, alcaldes municipales y distritales, y demás funcionarios del orden territorial.
Entre las recomendaciones destacadas se encuentra la suspensión de cualquier forma de vinculación que afecte la nómina estatal en la Rama Ejecutiva, durante los cuatro meses anteriores a la elección presidencial.
Esto significa que la medida regirá desde el 31 de enero de 2026 y hasta la elección en segunda vuelta, si es necesaria.
Esto se basa en el calendario electoral oficial para las elecciones presidenciales de Colombia de 2026, el cual establece la primera vuelta presidencial para el 31 de mayo de 2026. Mientras que la segunda vuelta, de ser necesaria, se realizaría el 21 de junio de 2026.
Cabe mencionar que el calendario, que fue fijado por la Registraduría Nacional y el Consejo Nacional Electoral, establece los plazos para inscripción de candidatos, entrega de firmas, propaganda electoral y votación tanto en el país como en el exterior.
Hay excepciones
La circular también indicó que, mientras esté en vigencia la Ley de Garantías, no será posible proveer vacantes definitivas en la nómina estatal.
Aunque se establecen excepciones si las vacantes fueron generadas por renuncia, licencia o muerte y son “indispensables para el funcionamiento de la Administración Pública”, o en los casos de aplicación de las normas de carrera administrativa.
No obstante, en estos casos solo se podrán efectuar nombramientos provisionales.
El documento también contiene lineamientos específicos sobre empleos de libre nombramiento y remoción; retiro forzoso de servidores públicos, traslados de vacantes definitivas y nombramientos por pensión del titular.
La circular está firmada por Angie Lizeth Rodríguez, directora del Dapre, y Mariella Barragán, directora de Función Pública.
La Ley de Garantías Electorales tiene como objetivo garantizar la transparencia y el equilibrio entre los candidatos que aspiran a la Presidencia de la República y aquellos que son funcionarios públicos.