Familiares y amigos le dieron el último adiós en el corregimiento de San Cristóbal, en Medellín, a Alexander Avendaño Varela, el joven de 22 años que murió ahogado tras lanzarse al embalse de El Peñol en Guatapé, en medio de confusos hechos en donde fue agredido por varias personas.

En diálogo con La FM, la hermana de Alexander, Eliana Avendaño, aseguró que su familia pidió ayuda antes de tomar la decisión de lanzarse al lago.

“Fue algo muy traumante para mí, ver cómo él intentaba y nadie lo ayudaba”, contó.

Según el artículo 131 del Código Penal, dejar de ayudar sin un motivo válido a alguien que se encuentra en una situación de peligro extremo puede tipificarse como un delito. Sobre este punto, el abogado penalista Óscar Santamaría explicó el alcance de esta norma.

“Se puede tipificar el delito de omisión de socorro, el cual está tipificado en el código penal, en el artículo 131. Las personas que iban en ese bote no lo socorrieron. Entonces, se pueden investigar por parte de la Fiscalía General de la Nación a estas personas, y el delito va de 31 meses a 70 meses de prisión", argumentó el jurista.

Alexander Avendaño, joven que murió ahogado en el embalse de El Peñol - Guatapé | Foto: Redes sociales.

Por su parte, el Ministerio de Transporte advirtió posibles incumplimientos en las normativas de seguridad vigentes en el caso de la muerte del joven.

Mientras avanzan las investigaciones de las autoridades para esclarecer las circunstancias del hecho, la cartera de Transporte reiteró que la protección de la seguridad de los usuarios del transporte fluvial son principios irrenunciables.

“La seguridad no puede entenderse únicamente como el cumplimiento de requisitos documentales. Cada operador tiene la obligación permanente de garantizar la protección efectiva de los pasajeros durante toda la navegación. Cuando está en juego la vida de las personas, no hay espacio para excepciones”, afirmó la ministra de Transporte, María Fernanda Rojas.

La ministra indicó que la embarcación involucrada en el caso contaba con la documentación exigida por la normatividad vigente, incluyendo patente de navegación, certificado de inspección técnica, elementos de seguridad reportados, plan de mantenimiento y pólizas de responsabilidad civil.

No obstante, la funcionaria reiteró que el cumplimiento de los requisitos de documentación no exime a los operadores de su responsabilidad de garantizar condiciones seguras durante cada operación.

Las imágenes esclarecen parte de lo que sucedió aunque no se sabe por ahora por qué inició la discusión. | Foto: Screenshot 'x'

“La Ley 1242 de 2008 establece que las embarcaciones destinadas a actividades turísticas, recreativas y deportivas deben contar con equipos de salvamento adecuados y exige el uso permanente del chaleco salvavidas por parte de pasajeros y tripulación desde el embarque y durante todo el recorrido”, destacó la ministra.

En ese sentido, la líder de la cartera del Transporte advirtió que los reportes preliminares conocidos por las autoridades indicarían posibles incumplimientos de estas disposiciones de seguridad, especialmente en aspectos relacionados con el uso obligatorio de elementos de protección.