La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) formalizó la suspensión temporal de los términos en sus procesos y actuaciones administrativas tributarias, aduaneras y cambiarias en las zonas afectadas por el sismo registrado el pasado 10 de agosto. La medida se tomó mediante la Resolución 012017 para proteger los derechos de la ciudadanía tras la declaratoria de Situación de Desastre de Carácter Nacional emitida por el Gobierno.
La decisión cobija a las direcciones seccionales de Pereira, Armenia, Manizales, Tuluá, Palmira, Popayán, Quibdó y Buenaventura. Asimismo, la disposición rige en las direcciones seccionales de Impuestos y de Aduanas de la ciudad de Cali.
El periodo de congelamiento de plazos comenzó el 13 de agosto y finalizará el 25 de agosto de 2026. De acuerdo con lo establecido por la autoridad fiscal, la reanudación oficial de los términos administrativos en todas las sedes mencionadas se dará a partir del próximo 26 de agosto de 2026.
Alcance de las medidas y facturación electrónica
Mientras transcurra la suspensión, no correrán los tiempos fijados para requerimientos, respuestas a actuaciones, trámites ni solicitudes o recursos radicados ante la entidad en dichas jurisdicciones. Esta pausa garantiza que los contribuyentes y usuarios aduaneros con trámites en curso no sufran perjuicios legales ni vencimientos extemporáneos durante la contingencia.
De igual manera, el congelamiento aplica para los plazos vinculados con la firmeza de las declaraciones tributarias y aduaneras. La entidad precisó que los términos de caducidad y prescripción de las actuaciones bajo su competencia también quedan pausados y volverán a contarse una vez termine el periodo fijado.
La DIAN aclaró que la medida no altera los vencimientos ordinarios fijados por ley para presentar declaraciones o efectuar el pago de tributos. Sin embargo, para los contribuyentes domiciliados en las zonas afectadas cuya autorización de numeración de facturación electrónica venza entre agosto y octubre de 2026, la entidad aplicará una flexibilización automática en las validaciones hasta el 1 de noviembre de 2026.
Reordenamiento de trámites de comercio exterior
Para evitar la parálisis de las operaciones de comercio exterior, las solicitudes de emisión de certificados de origen se atenderán de forma alterna. Los trámites que correspondían a las seccionales de Aduanas Cali, Buenaventura, Pereira y Manizales se trasladarán temporalmente a otras sedes del país.
Las direcciones seccionales encargadas de asumir estas gestiones serán las de Barranquilla, Bogotá, Bucaramanga, Cartagena, Cúcuta, Ipiales, Medellín, Santa Marta y Urabá. La restitución de este servicio en las sedes originarias se comunicará oportunamente mediante los canales oficiales de la DIAN.
Este artículo fue creado con ayuda de una inteligencia artificial que utiliza machine learning para producir texto similar al humano, y curado por un periodista especializado de El País.